Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio

GUERRERO/CONSTRUCTORA Y SERVICIO DE MAQUINARIAS IN

Rol

M-57-2019

Fecha

30 de enero de 2020

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha veintisiete de enero recién pasado, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio, se llevó a efecto audiencia única en los autos R.I.T. M-57-2019, por despido indebido y cobro de prestaciones laborales, solicitado en procedimiento monitorio. La demanda fue interpuesta por don Luis Abelardo Guerrero Irarrázabal, cédula de identidad N°18.898.167-4, maestro polifuncional, domiciliado en Pasaje Los Mangos 2929, comuna de Alto Hospicio, siendo asistido legalmente por su abogado don Daniel Sánchez Bustillos. A su vez la demandada Constructora y Servicios de Maquinaria Industrial Cristian Andrés Mayorga Moris E.I.R.L., RUT. 76.403.485-6, representada por don Cristian Andrés Mayorga Moris, ambos con domicilio en Avenida Jerusalén N°3902, Alto Hospicio, comuna de Cerrillos, Santiago, fue asistida legalmente por su abogado doña Fernanda Bernal Martínez. ODIOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Argumentos y pretensiones del actor: El demandante solicitó que

Fallo

se declarase indebida la causal de despido invocada por el empleador, y que se condene al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, feriado proporcional, reajustes y costas. Funda su solicitud en que ingresó a la empresa demandada el 2 de enero de 2019, a la fecha del despido desempañaba la función de maestro polifuncional y que su remuneración al momento del despido ascendía a la suma de $628.795.-. Agrega que con fecha 01 de junio de 2019, tras concluir los trabajos en la ciudad de Coronel, la empleadora compró pasajes aéreos desde la ciudad de Concepción a Iquique. Sin embargo, expresa que a esa fecha se encontraba mal de salud, por lo que el día 04 de junio de 2019 el trabajador pudo conseguir hora médica, extendiéndose licencia médica N°57814928, prescribiendo reposo total por 16 días. Adiciona que, atendida la gravedad, fue derivado desde Iquique al Hospital del Salvador en Santiago producto de que presentaba la enfermedad de leucemia listoblástica aguda, y se encuentra internado actualmente. Menciona que el día 04 de junio de 2019, la pareja del trabajador fue a dejar la licencia a la empresa pero el empleador se negó a recibirla ya que se encontraba despedida, por lo que tuvo que ingresarla mediante la respectiva tramitación ante la Inspección del Trabajo. Expresa que no se entregó ni recibió en su domicilio la carta de despido que expresara la causa legal y los presupuestos fácticos de ella. Agrega que se debe tener presente que comparendo efectuado a

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9 PROCEDIMIENTO : Monitorio MATERIA : Despido indebido y cobro de prestaciones DEMANDANTE : Luis Abelardo Guerrero Irarrázabal DEMANDADO : Constructora Y Servicios De Maquinaria Industrial Cristian Andres Mayorga Moris E.I.R.L. RUC : 19-40211710-1 RIT : M-57-2019 _________________________________________/ Alto Hospicio, treinta de enero de dos mil veinte.- VISTOS: Que con fecha veintisiete de ene

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