PADILLA/ABARROTES ECONOMICOS S.A.
Rol
O-284-2019
Fecha
29 de enero de 2020
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 160 N° 1 letra “a”, 160 n° 7 y 499 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: 1. Que SE HACE LUGAR, a la demanda interpuesta por don MAURICIO PADILLA MANSILLA, ya individualizado, en contra de ABARROTES ECONOMICOS S.A., representada para estos efectos por don MANUEL ENRIQUE OYANEDER HERRANZ, declarando por tanto injustificado su despido, condenándose a la demandada al pago de lo siguiente; 2. Indemnización por cuatro años de servicio por la suma de $3.086.992.-. 3. Incremento legal establecido el artículo 168 letra “c” del Código del Trabajo, equivalente al 80% de incremento respecto de la indemnización por años de servicio equivalente a $2.469.593.-. 4. Indemnización por falta de aviso previo por la suma de $771.748.-. 5. Las sumas ordenadas pagar se incrementarán en la formas dispuesta en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 6. Se regulan las costas personales a que se condena a la parte demandada en la suma de $ 1.265.666.- Téngase a las partes por notificadas en audiencia de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don JUAN ALEJANDRO VIO VARGAS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, veintinueve de enero de dos mil veinte.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 160 N° 1 letra “a”, 160 n° 7 y 499 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: 1. Que SE HACE LUGAR, a la demanda interpuesta por don MAURICIO PADILLA MANSILLA, ya individualizado, en contra de ABARROTES ECONOMICOS S.A., representada para estos efectos por don MANUEL ENRIQUE OYANEDER HERRANZ, declarando por tanto injustificado su despido, condenándose a la demandada al pago de lo siguiente; 2. Indemnización por cuatro años de servicio por la suma de $3.086.992.-. 3. Incremento legal establecido el artículo 168 letra “c” del Código del Trabajo, equivalente al 80% de incremento respecto de la indemnización por años de servicio equivalente a $2.469.593.-. 4. Indemnización por falta de aviso previo por la suma de $771.748.-. 5. Las sumas ordenadas pagar se incrementarán en la formas dispuesta en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 6. Se regulan las costas personales a que se condena a la parte demandada en la suma de $ 1.265.666.- Téngase a las partes por notificadas en audiencia de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don JUAN ALEJANDRO VIO VARGAS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, veintinueve de enero de dos mil veinte.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 de enero de 2020 RUC 19-4-0230433-5 RIT O-284-2019 JUEZ SUBROGANTE JUAN ALEJANDRO VIO VARGAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javier Merino L. HORA DE INICIO 10:32 HORA DE TERMINO 12:17 DEMANDANTE MAURICIO PADILLA MANSILLA ABOGADO LUIS ORLANDO REYES CASTRO FORMA DE NOTIFICACIÓN Correo electrónico DEMANDADA ABARROTES ECONOMI
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