1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/LATAM AIRLINES GROUP SA

Rol

O-2276-2019

Fecha

29 de enero de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece FRANCISCA MUÑOZ GARCIA, ejecutiva de ventas, Rut: 18.666.828-6, con domicilio en José Santos González Vera N° 0692, comuna de la Granja, e interpone demanda laboral de despido indebido e injustificado en conformidad al procedimiento de Aplicación General establecido en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, en contra de LATAM Airlines Group S.A, del giro de su denominación, Rut: 89.862.200-2, representada legalmente por don Jorge Gutiérrez Quinteros, Rut: 9.980.453-K, o por quien haga las veces de tal de conformidad al artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio para estos efectos en Américo Vespucio N° 901, comuna de Renca. Expone que ingresó a prestar servicios para la demandada el día 4 de mayo 2015, en labores de ejecutiva de ventas, vendía seguros y viajes en la tienda de Latam Airlines ubicadas al interior del Mall Apumanque. La jornada de trabajo era variable, en turnos rotativos. Su remuneración ascendía a la suma de $ 1.410.703 Durante la vigencia de la relación laboral nunca tuvo problemas con sus jefes, ni con los clientes a quienes ofrecía planes de viajes para ellos y su familia. Durante estos más de 3 años que desempeñó sus labores de ejecutiva de ventas, jamás fue amonestada, ni verbalmente, ni por escrito, ni menos aún tuvo algún tipo de inconveniente en el trabajo. Dicha situación se refleja, además, en que el día previo a su despido se encontraba asistiendo a un curso de capacitación por orden de la demandada en casa Italia denominado “special tour” para capacitarle en vender paquetes de viaje a Europa. Estima fue despedida de manera absolutamente injustificada, sin reconocer su trabajo y con el claro objetivo de evitar pagar sus indemnizaciones legales. Relata que el día 27 de marzo de 2019, la demandada le hace entrega de una carta de despido, señalándosele que se le despedía por la causal contenida en el artículo 160 N° 7 esto es “incumplimiento grave de las obligaciones que impone el c

Fallo

por tanto únicamente un monto líquido a pago de $1.190.778. Ahora bien, respecto a este monto liquido siempre a estado a disposición de la actora, pero desconoce si cobró dichos montos a la fecha de hoy. No reconoce adeudar suma alguna por remuneración correspondiente a 27 días de marzo de 2019. Señala asume una defensa negativa en todo aquello que no haya sido reconocido expresamente, que nada de lo sostenido por el actor en su demanda es efectivo, siendo el despido del cual fue objeto total y absolutamente justificado. Pide rechazar la demanda en todas sus partes, con expresa condenación en costas, declarando que el despido de la actora fue justificado, conforme a derecho, pues incumplió gravemente sus obligaciones contractuales, que en consecuencia, nada se adeuda a la actora. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria las partes no arribaron a conciliación. Se fijaron como hechos no controvertidos: 1. Existencia de relación laboral entre Francisca Belén Muñoz García con Latam Airlines Group S.A. 2. Que el vínculo contractual se inicia 04 de mayo 2015 y se extiende hasta el día 27 de marzo del año 2019. 3. Que la actora se desempeña como ejecutiva de venta para la demandada. 4. Que la actora fue despedida por la causal del Artículo 160 N°7 del Codigo del trabajo, esto es, incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato de Trabajo. 5. La remuneración $1.410.703.- CUARTO: Que se establecieron como hechos controvertidos: 1. La efectividad de los hechos indic

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinte. VISTOS: PRIMERO: Que comparece FRANCISCA MUÑOZ GARCIA, ejecutiva de ventas, Rut: 18.666.828-6, con domicilio en José Santos González Vera N° 0692, comuna de la Granja, e interpone demanda laboral de despido indebido e injustificado en conformidad al procedimiento de Aplicación General establecido en los

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