SALAZAR/INGENIERIA ELECTRICA INGELMOR LIMITADA
Rol
O-8827-2019
Fecha
29 de enero de 2020
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos además lo que previenen los artículos 3, 160, 162, 168, 172 y 446 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I. Que se ACOGE la demanda interpuesta por JONATHAN OVED SALAZAR RIFFO, Rut N°17.924.802-6, en contra de INGENIERÍA ELÉCTRICA INGELMOR en cuanto se declara que el despido de fecha 30 de octubre ha sido injustificado y por tanto la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a. $850.000.- a título de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $5.950.000.- a título de indemnización por años de servicio c. $2.975.000.- a título de recargo de la indemnización por años de servicio. d. $1.189.999.- por feriado legal adeudado. e. $347.083.- por feriado proporcional adeudado. II. Que la demandada principal deberá pagar las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social y de salud entre la fecha del despido y la convalidación de este atendido lo que previene el artículo 162 del Código del Trabajo, en base a una remuneración de $850.000.- mensuales III. Que se condena en costas a la demandada principal regulándose estás en $500.000.- IV. Que todas las sumas que se han ordenado a pagar deberán hacerlo con reajustes e intereses qué previenen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. RIT: O-8827-2019 RUC: 19- 4-0239703-1 Sentencia dictada en audiencia por don GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese a la parte que no ha comparecido mediante carta certificada. Siendo las 09:05 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de
Fallo
se declara: I. Que se ACOGE la demanda interpuesta por JONATHAN OVED SALAZAR RIFFO, Rut N°17.924.802-6, en contra de INGENIERÍA ELÉCTRICA INGELMOR en cuanto se declara que el despido de fecha 30 de octubre ha sido injustificado y por tanto la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a. $850.000.- a título de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $5.950.000.- a título de indemnización por años de servicio c. $2.975.000.- a título de recargo de la indemnización por años de servicio. d. $1.189.999.- por feriado legal adeudado. e. $347.083.- por feriado proporcional adeudado. II. Que la demandada principal deberá pagar las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social y de salud entre la fecha del despido y la convalidación de este atendido lo que previene el artículo 162 del Código del Trabajo, en base a una remuneración de $850.000.- mensuales III. Que se condena en costas a la demandada principal regulándose estás en $500.000.- IV. Que todas las sumas que se han ordenado a pagar deberán hacerlo con reajustes e intereses qué previenen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. RIT: O-8827-2019 RUC: 19- 4-0239703-1 Sentencia dictada en audiencia por don GIANNI POZZI ANILIO, Juez Suplente del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Notifíquese a la parte que no ha comparecido mediante carta certificada. Siendo las 09:05 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don GIANN
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 29 de enero de 2020, Santiago RUC 19-4-0239703-1 RIT O-8827-2019 CARATULADO SALAZAR/INGENIERIA ELECTRICA INGELMOR LIMITADA MAGISTRADO GIANNI POZZI ANILIO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula Francisca Rodas Valenzuela HORA DE INICIO 08:44 HORA DE TERMINO 09:05 SALA 5.3 Nº REGISTRO
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