1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SANTANA/COMERCIAL.DE REPUESTOS Y SERVICIOS AUTOMOTRICES TOTAL CAR LIMITADA

Rol

O-3372-2019

Fecha

30 de enero de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. Constancia: Que la demandada se encuentra en rebeldía pese a encontrarse debidamente notificada por aviso, no ha contestado la demanda y no compareciendo a la presente audiencia preparatoria. Parte demandante solicita: Dictar sentencia inmediatamente teniendo por tácitamente admitidos todos los hechos contenidos en la demanda. Tribunal resuelve: El Tribunal va a coger la solicitud así que se realiza un receso de 10 ó 15 minutos y se comunicara la sentencia inmediatamente. SENTENCIA: Santiago, veintiséis de enero de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 15 de mayo de 2019 comparece el señor Juan Carlos Santana Ramírez, empleado, domiciliado en Las Vertientes N° 10599, comuna de El Bosque, quien deduce demanda en contra la empresa Comercializadora de Repuestos y Servicios Automotrices Total Car Ltda., representada legalmente por la señora Victoria Arancibia Valdivieso, ambos domiciliados en San Ignacio N° 244, comuna de Padre Hurtado. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1 y siguientes, 7 y siguientes, 63 y siguientes, 425 y siguientes, 453, 454 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda presentada por el señor Juan Santana Ramírez en contra de la empresa Comercializadora de Repuestos y Servicios Automotrices Total Car Ltda. y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $376.250, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $3.386.250, a título de indemnización por años de servicios. c) $1.693.125, por el incremento legal previsto en la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo. d) $376.250, por remuneraciones insolutas. e) $526.750, por feriados legales. f) $208.493, por feriado proporcional. g) remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo desde el día 31

Fundamentos

considerando sexto. II.- Que las sumas señaladas en las letras a), b) y c) del numeral I serán reajustadas y devengarán intereses de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. Por su parte, las contenidas en los literales d), e), f) y g) se reajustarán y devengarán intereses conforme lo previene el artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la parte demandada. IV.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de 5° día, en caso contrario certifíquese dicha circunstancia, pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza laboral y Previsional, de esta ciudad. V.- Asimismo, ejecutoriada la presente sentencia, notifíquese a las instituciones de seguridad social respectivas para los fines pertinentes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT O-3372-2019. RUC 19-4-0188354-4. Dictada en audiencia por don MAURICIO ANDRES GUAJARDO ESPINOZA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintisiete de enero de dos mil veinte. REGISTRO DE AUDIO

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1 y siguientes, 7 y siguientes, 63 y siguientes, 425 y siguientes, 453, 454 del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda presentada por el señor Juan Santana Ramírez en contra de la empresa Comercializadora de Repuestos y Servicios Automotrices Total Car Ltda. y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $376.250, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $3.386.250, a título de indemnización por años de servicios. c) $1.693.125, por el incremento legal previsto en la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo. d) $376.250, por remuneraciones insolutas. e) $526.750, por feriados legales. f) $208.493, por feriado proporcional. g) remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo desde el día 31 de marzo de 2019 hasta su convalidación mediante el pago de las cotizaciones de seguridad social, teniendo en consideración una remuneración de $376.250. g) cotizaciones de seguridad social por los períodos consignados en el considerando sexto. II.- Que las sumas señaladas en las letras a), b) y c) del numeral I serán reajustadas y devengarán intereses de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. Por su parte, las contenidas en los literales d), e), f) y g) se reajustarán y devengarán intereses conforme l

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 27 de enero de 2020 RUC 19- 4-0188354-4 RIT O-3372-2019 CARATULADO SANTANA/COMERCIAL.DE REPUESTOS Y SERVICIOS AUTOMOTRICES TOTAL CAR LIMITADA MAGISTRADO MAURICIO ANDRES GUAJARDO ESPINOZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carina Sepúlveda Hernández HORA DE INICIO 08:34 HORA DE TE

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