C.A. de Valparaíso

VALLEJOS RENNY BELTRAN CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

25827-2026

Fecha

10 de junio de 2026

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos cuarto y quinto, los que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N°26001223195, de fecha 14 de abril de 2016, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia definitiva y se ordenó el abandono del país del extranjero. 2°) Que, resulta inconcuso para las partes que la recurrente incurrió en una infracción penal al haber sido condenado por oponerse a la acción de la autoridad, habiendo incurrido en la causal de revocación establecida en el artículo 90 N°2 de la Ley 21.325. 3°) Que, en tales circunstancias, atendida la gravedad de la infracción migratoria recurrida, lleva a concluir que el acto impugnado no resulta ilegal, motivo suficiente para rechazar la acción intentada. 4°) Que, por último, los antecedentes de arraigo familiar que han sido argumentados en el recurso resultan insuficientes, dada la gravedad de la infracción cometida, para justificar la permanencia de la extranjera en el territorio nacional.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cuatro de mayo de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en el Ingreso Corte N°1509-2026, en cuanto acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Renny Beltran Vallejos, de nacionalidad venezolana, y en su lugar se declara que éste queda rechazado. Acordado lo anterior, con el voto en contra de los Ministros Sr. Llanos y Sr. Zepeda, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada, teniendo en consideración el arraigo familiar y laboral del amparada, quien mantiene en el país a dos hijos con residencia temporal, a lo que se suma la excusa entidad de la de la infracción por la que fue condenado. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N°25827-2026

Texto Completo (Preview)

Santiago, diez de junio de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto y quinto, los que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N°26001223195, de fecha 14 de abril de 2016, mediante la cual se rechazó la solicitud de residencia d

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