ANONIMIZADO
Rol
28738-2026
Fecha
9 de junio de 2026
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA, ASUNTO CASUÍSTICO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió la nulidad intentada y, en sentencia de reemplazo, rechazó la denuncia de vulneración de garantías, pero acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, incluido el feriado legal demandado. Segundo: Que el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que...
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de junio de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió la nulidad intent
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