FIERRO JARA MOISÉS FREDDY CONTRA CORTE DE APELACIONES DE CHILLÁN
Rol
19853-2026
Fecha
22 de abril de 2026
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Teniendo únicamente presente que la acción de amparo ha sido deducida en contra de lo resuelto por un tribunal de igual jerarquía del que conoce el arbitrio constitucional, lo que infringe la regla de competencia prevista en el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, Se confirma la sentencia apelada de treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en el Ingreso Corte N°Amparo-203-2026. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Zepeda y de la Abogada Integrante Sra. Tavolari, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y, en su lugar, acoger la acción de amparo interpuesta, por estimar que se encuentra prescrita la acción penal del hecho investigado, desde que la pena en concreto con la que se encuentra sancionada la conducta objeto de formalización, ubica a los mismos en la categoría de falta, por lo que el plazo de prescripción de la acción penal es de seis meses, la que se encuentra largamente cumplida. Regístrese y devuélvase. Rol N°19853-2026.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintidós de abril de dos mil veintiséis. A los alegatos solicitados en escrito folio N°5: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N° 105-2024 de esta Excma. Corte Suprema, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficientemente
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