ANONIMIZADO
Rol
16328-2026
Fecha
17 de abril de 2026
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA, ASUNTO CASUÍSTICO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el de nulidad interpuesto contra la de instancia que rechazó la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, acogió la subsidiaria, declaró indebido el despido y condenó al pago de las prestaciones que señala y, en sentencia de reemplazo, la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el
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