JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE CURACAVI

ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS LA AURORA DE CURACAVÍ/AZOCAR

Rol

17854-2026

Fecha

16 de abril de 2026

Materia

Policia Local

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirmó la de primera instancia dictada por el Juzgado de Policía Local, sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron, a confirmar la de primera instancia, compartiendo las razones de hecho y jurídicas para ello; sin que en ello exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, toda vez que no existe en ello, una falta o abuso grave que haga procedente el líbelo intentado. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don David Nuñez Jana por Asociación de Propietarios de Parcelas y Sitios de la Parcelación La Aurora. Al primer otrosí: estese a lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; y tercer otrosí: téngase presente. Al escrito folio 8, a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 17854-2026.

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don David Nuñez Jana por Asociación de Propietarios de Parcelas y Sitios de la Parcelación La Aurora. Al primer otrosí: estese a lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; y tercer otrosí: téngase presente. Al escrito folio 8, a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 17854-2026.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que, por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirmó la de primera instancia dictada por el Juzgado de Policía Local, sobre la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica