26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

/ITELECOM HOLDING CHILE SPA - (LTE) - VUELVE A TABLA (ACUM. I.C. N°8673-2025) - VUELVE A TABLA.-

Rol

42224-2025

Fecha

14 de abril de 2026

Materia

Civil

Resultado

NO SE EMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en procedimiento concursal de reorganización judicial, seguido ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-18003-2020, caratulado “/Itelecom Holding Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la acreedora Trilinc Global Impact Fund Cayman Ltda., contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de la misma ciudad, de doce de septiembre de dos mil veinticinco que –en lo pertinente– confirmó el fallo de primer grado, de trece de septiembre de dos mil veinticuatro, que rechazó la impugnación de la modificación del acuerdo de reorganización judicial y, en consecuencia, la declaró aprobada. Segundo: Que, por su parte, en virtud de sentencia de once de diciembre de dos mil veinticinco, pronunciada por esta Corte en causa Rol N° 14.068-2024 y que incide en este mismo procedimiento concursal, se acogió el recurso de casación en el fondo y, en consecuencia, se invalidó el fallo de alzada que había confirmado la decisión de primer grado que desestimó la impugnación de la acreedora Trilinc Global Impact Fund Cayman Ltda., respecto del primitivo acuerdo de reorganización judicial; y, acto seguido, se dictó sentencia de reemplazo que acogió la referida impugnación y ordenó a la deudora presentar una nueva propuesta de acuerdo de reorganización judicial. Tercero: Que, en consecuencia, versando el recurso de casación en el fondo sobre la impugnación de la modificación de un acuerdo de reorganización judicial, y que la impugnación del acuerdo primitivo fue acogida ordenándose a la deudora efectuar una nueva propuesta de acuerdo, aparece que la tramitación del presente arbitrio resulta inoficiosa al haber perdido oportunidad todo lo obrado en estos autos. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 764, 765 y 767 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto del recurso de casación en el fondo, interpuesto por los abogados Alfredo Waugh Correa y José Tomás Barros Harseim, en representación de la acreedora Trilinc Global Impact Fund Cayman Ltda., contra la sentencia de doce de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol Nº 42.224-2025

Fallo

fallo de primer grado, de trece de septiembre de dos mil veinticuatro, que rechazó la impugnación de la modificación del acuerdo de reorganización judicial y, en consecuencia, la declaró aprobada. Segundo: Que, por su parte, en virtud de sentencia de once de diciembre de dos mil veinticinco, pronunciada por esta Corte en causa Rol N° 14.068-2024 y que incide en este mismo procedimiento concursal, se acogió el recurso de casación en el fondo y, en consecuencia, se invalidó el fallo de alzada que había confirmado la decisión de primer grado que desestimó la impugnación de la acreedora Trilinc Global Impact Fund Cayman Ltda., respecto del primitivo acuerdo de reorganización judicial; y, acto seguido, se dictó sentencia de reemplazo que acogió la referida impugnación y ordenó a la deudora presentar una nueva propuesta de acuerdo de reorganización judicial. Tercero: Que, en consecuencia, versando el recurso de casación en el fondo sobre la impugnación de la modificación de un acuerdo de reorganización judicial, y que la impugnación del acuerdo primitivo fue acogida ordenándose a la deudora efectuar una nueva propuesta de acuerdo, aparece que la tramitación del presente arbitrio resulta inoficiosa al haber perdido oportunidad todo lo obrado en estos autos. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 764, 765 y 767 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento respecto del recurso de casación en el fondo, interpuesto por los abogados Alfredo Waugh Correa y José Tomás Barros Harseim, en representación de la acreedora Trilinc Global Impact Fund Cayman Ltda., contra la sentencia de doce de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol Nº 42.224-2025

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en procedimiento concursal de reorganización judicial, seguido ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-18003-2020, caratulado “/Itelecom Holding Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la acreedora Trilinc Global Imp

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