RODRÍGUEZ BOMBAL KATHERINE MARINA CONTRA CORTE DE APELACIONES DE ARICA
Rol
17868-2026
Fecha
14 de abril de 2026
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que conforme a los antecedentes señalados en el recurso aparece que la situación allí descrita sí puede constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo que de su mérito deberá decidirse al conocer el fondo de la acción deducida, se revoca la resolución apelada de veinte de marzo de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, en el Ingreso Corte N° 120 - 2026, por la cual se declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, y en su lugar se dispone que aquélla es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones antes señalada darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido. Atento a lo resuelto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 66 y 216 del Código Orgánico de Tribunales, proceda la Corte de Apelaciones antes señalada, a remitir los antecedentes al subrogante legal, ello para que proceda a darle la tramitación que en derecho corresponda y pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. Gajardo, quien estuvo por confirmar el fallo en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 17868 - 2026
Fallo
fallo en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol N° 17868 - 2026
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de abril del dos mil veintiséis. Vistos y teniendo únicamente presente: Que conforme a los antecedentes señalados en el recurso aparece que la situación allí descrita sí puede constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo que de su mérito deberá decidirse al conocer el fondo de la acción deducida, se revoca la resolución apelada de veinte de marzo de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Arica, en el Ingreso Corte N° 120 - 2026, por la cual se declaró inadmisible la acción de amparo interp
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