C/ FERNANDA TERESA VALDIVIA GONZALEZ
Rol
13157-2026
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que las defensas de Fernanda Valdivia González y de Maikel Letelier Canto, recurren de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer de los recursos deducidos en contra de la sentencia que los condenó como autores del delito de Tráfico ilícito de drogas, en pequeñas cantidades. 2° Que por el líbelo de la defensa de Valdivia, -que es el que le otorga competencia a esta Corte- se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción a la garantía del artículo 19 N° 7 letra b) de la Constitución Política de la República, lo que hace es un cuestionamiento a que no se hubiese concedido pena sustitutivas a su representada. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado la inadmisibilidad de la causal principal por falta de
Fundamentos
fundamentos al ser otro el recurso procedente en dicho caso. 4° Que, lo alegado en la causal de nulidad deducida de competencia de esta Corte, podría ser propio del motivo de invalidación del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, -toda vez que lo que cuestiona es la aplicación de normas legales aun cuando la forma de cumplimiento de la sentencia es motivo de otro recurso-, la que no admite reconducción, motivo que lleva que el líbelo intentado en lo que a dicho acápite sea declarado inadmisible. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara inadmisible la causal principal del líbelo intentado, debiendo remitirse por la subsidiaria a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta del recurso deducido, así como el del co-imputado, si es del caso, proceda a su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 13157-2026. Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sra. María Cristina Gajardo H., Sr. Jorge Zepeda A., y la Abogada Integrante Sra. Pía Tavolari G. No firman los Ministros Sr. Valderrama y Sra. Gajardo, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ambos en comisión de servicios.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1° Que las defensas de Fernanda Valdivia González y de Maikel Letelier Canto, recurren de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer de los recursos deducidos en contra de la sentenc
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