TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO

ORTIZ/GUGGIANA

Rol

11878-2026

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

Reforma

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en aquella parte que permite alterar la pena impuesta y confirma en la parte que no concedió penas sustitutivas; lo que no encuentra sustento desde lo que hicieron los recurridos fue analizar y ponderar los antecedentes tenidos a la vista y que se plasman en la resolución en estudio; por lo que no existe una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, lo que conlleva que aquel sea desestimado de plano. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Luis Saavedra Terrazas por Hugo Ortíz Araya. Al primer otrosí: estese a lo decidido; al segundo y tercer otrosí: téngase presente. Al escrito folio 10, a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 11878-2026.

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Luis Saavedra Terrazas por Hugo Ortíz Araya. Al primer otrosí: estese a lo decidido; al segundo y tercer otrosí: téngase presente. Al escrito folio 10, a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 11878-2026.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó que declaró inadmisible el recurso de

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