PAULINA TERESA NAHUM MARCOS CON VALENTINA BRUNY NAHUM MARCOS (O)
Rol
10624-2025
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus
Fundamentos
fundamentos undécimo a décimo sexto y décimo octavo a trigésimo tercero y en el décimo séptimo se suprimen en el párrafo que empieza con la frase “que respecto” hasta la frase “considerando undécimo” y desde la palabra “pero” que sigue a la voz “avalúos” hasta la frase “de manera que no es irrisorio” Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: Lo expresado entre los fundamentos segundo, tercero y sexto a décimo quinto del
Fallo
fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos undécimo a décimo sexto y décimo octavo a trigésimo tercero y en el décimo séptimo se suprimen en el párrafo que empieza con la frase “que respecto” hasta la frase “considerando undécimo” y desde la palabra “pero” que sigue a la voz “avalúos” hasta la frase “de manera que no es irrisorio” Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE: Lo expresado entre los fundamentos segundo, tercero y sexto a décimo quinto del fallo de casación que precede, ambos inclusive, y también: 1°.- Que de los antecedentes del proceso resulta acreditado que el cinco de febrero de dos mil veintiuno, don Jaime Marcelo Nahum Lara vende, cede y transfiere a doña Nicole Nahum Soto representada por doña Mariza Soto Aguilar, la nuda propiedad correspondiente al 80% de la totalidad de su cuota de derechos de los siguientes inmuebles: 1) inscrito a fojas 3.181 N°2.739, del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, ubicado en la ciudad, comuna y provincia de Osorno, en calle Patricio Lynch esquina Balmaceda; 2) inscrito a fojas 3.182 N°2.740 del Registro de Propiedad del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Osorno; y que corresponde al Lote A guion Uno punto dieciséis resultantes de la subdivisión del resto de un retazo de terreno ubicado en la comuna de Sa
Texto Completo (Preview)
PAGE Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo estatuido en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos undécimo a décimo sexto y décimo octavo a trigésimo tercero y en el décimo séptimo se sup
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica