25º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BL CAPITAL SPA./UNIVERSIDAD DE CHILE - (ACUM.N°4921-2024)

Rol

8217-2026

Fecha

19 de marzo de 2026

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas, seguido ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-12835-2022, caratulado “BL Capital SpA con Universidad de Chile”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte ejecutada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de trece de enero de dos mil veintiséis, que confirmó el fallo de primer grado, de treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, que –en lo pertinente– rechazó las excepciones de los numerales 6°, 7° y 14° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; y, en consecuencia, ordenó seguir adelante con la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, más intereses, comisión legal y costas. Segundo: Que la recurrente de nulidad de fondo alega, en primer término, la infracción de los artículos 1, 36 y siguientes de la Ley N° 21.094 de Universidades Estatales, Ley N° 18.575 de Bases de la Administración del Estado, Ley N° 18.834 de Estatuto Administrativo, y Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos. Explica, en síntesis, que la infracción normativa se produce porque el fallo recurrido al desestimar las excepciones opuestas a la ejecución, omitió la aplicación de la normativa legal que rige a los órganos de la Administración del Estado y, en particular, a la ejecutada para la contratación pública de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus fines. Acto seguido, acusa la vulneración de los artículos 1 y siguientes de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y el Manual de Adquisiciones de la Universidad de Chile, toda vez que los jueces del fondo al resolver no han considerado que las convenciones que sustentan la existencia de los títulos que sirven de base a la ejecución, deben regirse por la citada normativa y de forma supletoria por las no

Fallo

fallo de primer grado, de treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, que –en lo pertinente– rechazó las excepciones de los numerales 6°, 7° y 14° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; y, en consecuencia, ordenó seguir adelante con la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, más intereses, comisión legal y costas. Segundo: Que la recurrente de nulidad de fondo alega, en primer término, la infracción de los artículos 1, 36 y siguientes de la Ley N° 21.094 de Universidades Estatales, Ley N° 18.575 de Bases de la Administración del Estado, Ley N° 18.834 de Estatuto Administrativo, y Ley N° 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos. Explica, en síntesis, que la infracción normativa se produce porque el fallo recurrido al desestimar las excepciones opuestas a la ejecución, omitió la aplicación de la normativa legal que rige a los órganos de la Administración del Estado y, en particular, a la ejecutada para la contratación pública de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus fines. Acto seguido, acusa la vulneración de los artículos 1 y siguientes de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento y el Manual de Adquisiciones de la Universidad de Chile, toda vez que los jueces del fondo al resolver no han considerado que las convenciones que sustentan la existencia de los títulos que sirven de base a la ejecución, deben regirse por la citada normativa y

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Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas, seguido ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-12835-2022, caratulado “BL Capital SpA con Universidad de Chile”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo, deducido por la parte ejecuta

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