THOMAS WILHELM SCHMIDT PUTZ CON AGROBUSINESS BIOCICLO CHILE LIMITADA
Rol
6725-2026
Fecha
10 de marzo de 2026
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sobre demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento de predio rústico, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Concepción, bajo el Rol C-7494-2024, caratulado “Thomas Schmidt Putz con Agrobusiness Biociclo Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, de diecinueve de enero del año en curso, que confirmó la de primer grado que hizo lugar a la demanda, condenando a Agrobussines Biociclo Chile Limitada a pagar la renta de arrendamiento anual correspondiente al año cinco (2024), a razón de la suma señalada en la cláusula novena del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, debiendo descontarse en la liquidación que se practique el abono a dicha anualidad efectuada con fecha 3 de abril de 2024 por la suma de $26.600.000; que, la suma a que se condena a la demandada, deberá pagarse debidamente reajustada conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, desde el día 13 de mayo de 2020 – fecha de celebración la escritura pública de contrato de arrendamiento – y hasta que se verifique el pago de la renta adeudada, conforme lo estipulado en la cláusula novena del contrato de arrendamiento; que, la suma a que se condena a la demandada, deberá pagarse con el interés máximo convencional para operaciones reajustables entre la fecha en que debió realizarse y aquella en que efectivamente se haga, conforme lo estipulado en la cláusula vigésima del contrato de arrendamiento; y, que, no se condena en costas a la demandada por considerarse que tuvo motivo plausible para litigar. SEGUNDO: Que el recurso de casación sustantivo lo funda en la infracción a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 18.010. Por ello solicita se invalide el fallo recurrido y se proceda a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, según corresponda,
Fallo
fallo recurrido y se proceda a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, según corresponda, con arreglo a la Ley, por existir infracción y que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, a fin de que se revoque lo resuelto o en su defecto confirme con declaración, que la cantidad adeudada por rentas impagas debe ser menor, por las razones expuestas, con costas. TERCERO: Que, conforme lo previsto en el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo está sujeto a un requisito indispensable para su admisibilidad, cuál es que el escrito en que se lo interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores de derecho. CUARTO: Que, del examen de los antecedentes, consta que el arbitrio de nulidad en estudio no puede prosperar, toda vez la demandada omitió extender la infracción legal a normas sustantivas que, en la especie, tienen el carácter de decisoria de la litis, es decir, preceptos que al ser aplicados permiten resolver la cuestión controvertida, especialmente las normas relativas al contrato de arrendamiento, la renta y el pago de la misma, normas contenidas en los artículos 1489, 1545, 1915, 1916, 1917, 1942 y 1978 del Código Civil; las normas de interpretación de los contratos contenidas en el artículo 1560 y siguientes del mismo cuerpo normativo y las regulaciones pertinentes del Decreto Ley N° 993, exigencia que no se satisface únicamente con la norma citada al momento de
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Santiago, diez de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento sobre demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento de predio rústico, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Concepción, bajo el Rol C-7494-2024, caratulado “Thomas Schmidt Putz con Agrobusiness Biociclo Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casa
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