1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN FERNANDO

CANALES Y CIA., SOC. FORESTAL/ÁLVAREZ

Rol

4316-2026

Fecha

5 de marzo de 2026

Materia

Civil

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, en conocimiento de los recursos de casación en la forma y apelación interpuestos por la sociedad ejecutada y recurrente, en contra de la sentencia que rechazó las excepciones opuestas por su parte, por defectos formales en la interposición de las mismas y por no cumplir con las exigencias de fondo vigentes en la actualidad para la exención de pago de contribuciones respecto de predios con aptitud preferentemente forestal; sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las distintas oportunidades procesales en que se revisaron los antecedentes; con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a desestimar el recurso de casación en la forma y confirmar la resolución en alzada, rechazando las excepciones opuestas; dando cuenta, para ello, de las razones de hecho y jurídicas; lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando –labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello, en la presente causa, se vislumbre o exista, como se dijo, una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y l

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por el abogado don Fernando Pino Villegas en representación de la sociedad “Canales y Cía. Sociedad Forestal Las Cumbres”. Al primer otrosí, atendido que no existen antecedentes para actuar de oficio, no ha lugar; al segundo otrosí, a sus antecedentes y al tercer otrosí, estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 4316-2026.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, en conocimiento de los recursos de casaci

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