C.A. de La Serena

BINVIGNAT GUTIÉRREZ MARÍA SOLEDAD CONTRA SERVICIO ELECTORAL Y OTRO

Rol

8260-2026

Fecha

5 de marzo de 2026

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M)

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que, según aparece del mérito de los antecedentes, se encuentra acreditado que la ampara reside en Alemania desde el año 1987, obtuvo pasaporte alemán y la última oportunidad que ingresó al país fue en el año 2013, premisas de las que es posible inferir que el Registro Electoral no ha sido actualizado en virtud de estas circunstancias, pese a haber transcurrido casi cuarenta años desde entonces, y que configuran hechos que no han podido ser desconocidas para los Servicios Públicos del Estado y evidencian que la amparada al momento de la elección se encontraba ausente del país, en los términos previstos en el artículo 160 de la Constitución Política de la República y 139 bis N°2 de la Ley 18.700. 2°) Que, desde esa perspectiva, la multa impuesta por el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena a la amparada, lo ha sido en un caso expresamente excluido de reproche en la normativa del ramo, incurriendo en una ilegalidad que amenaza la libertad personal de la amparada, al haber sido apremiada con siete días de arresto en caso de su incumplimiento. 3°) Que, en este estado de cosas, se hace necesario dictar las medidas pertinentes que garantizan el ejercicio de los derechos de la recurrente, motivo por el cual debe acogerse esta acción de amparo a su respecto y adoptarse las medidas que resulten pertinentes para corregir las ilegalidades pesquisadas. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de catorce de febrero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena en el Ingreso N° 82-2026, disponiendo en su lugar que el mismo queda acogido, por lo que se deja sin efecto la multa impuesta a la amparada María Soledad Bernardita Binvignat Gutiérrez por sentencia dictada el veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, por el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, en sus autos Rol 24716-24. Regístr

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de catorce de febrero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena en el Ingreso N° 82-2026, disponiendo en su lugar que el mismo queda acogido, por lo que se deja sin efecto la multa impuesta a la amparada María Soledad Bernardita Binvignat Gutiérrez por sentencia dictada el veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, por el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, en sus autos Rol 24716-24. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol N° 8.260-2026. Pronunciado por la Segunda Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sra. María Cristina Gajardo H., Sr. Jorge Zepeda A. y el Abogado Integrante Sr. Eduardo Gandulfo R. No firma el Abogado Integrante Sr. Gandulfo, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que, según aparece del mérito de los antecedentes, se encuentra acreditado que la ampara reside en Alemania desde el año 1987, obtuvo pasaporte alemán y la última oportunidad que ingresó al país fue en el año 2013, premisas de las que es posible inferir que el Registro Electoral no ha sido actualizado en vi

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