TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE LA SERENA

C/ ERICK OSVALDO ALVARADO ALUCEMA

Rol

4990-2026

Fecha

18 de febrero de 2026

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT

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Hechos

Vistos y teniendo en consideración: 1° Que la parte querellante, ha deducido recurso de nulidad en los autos del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, RIT 307-2025, RUC 2400172066-6, en la que se dictó sentencia condenatoria respecto del imputado, 2° Que el recurso de nulidad interpuesto invoca como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por la que se reclama una supuesta infracción al debido proceso. De forma subsidiaria, se invocan las causales de los artículos 374 letra e) y 373 b) del Código Procesal Penal. 3° Que la causal invocada, esto es, la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, entiende esta Corte, tiene como titular de las garantías a que alude tal precepto, al imputado, y en caso alguno al Ministerio Público o al Querellante, desde que así ha sido reconocido en los diversos instrumentos internacionales, lo que resulta de toda lógica, desde que ello encuentra sustento, a fin de que la persona condenada pueda contrarrestar el aparato punitivo Estatal, y aunque el querellante, no tiene por función propia la dirección en forma exclusiva de la investigación de los hechos constitutivos de delitos, es parte acusadora en este proceso, por lo que no cuenta con legitimación activa por la causal esgrimida, lo que conlleva necesariamente a que esta sea declarada inadmisible. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la querellante; remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de La Serena vía interconexión para que, previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso interpuesto por la querellante por las causales subsidiarias, si es pertinente fije audiencia para su conocimiento y fallo Regístrese y remítase. Rol N° 4990-2026.

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible la causal principal del recurso de nulidad deducido por la querellante; remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de La Serena vía interconexión para que, previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso interpuesto por la querellante por las causales subsidiarias, si es pertinente fije audiencia para su conocimiento y fallo Regístrese y remítase. Rol N° 4990-2026.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis Vistos y teniendo en consideración: 1° Que la parte querellante, ha deducido recurso de nulidad en los autos del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, RIT 307-2025, RUC 2400172066-6, en la que se dictó sentencia condenatoria respecto del imputado, 2° Que el recurso de nulidad interpuesto invoca como causal principal la del artículo 3

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