C.A. de Talca

LOPEZ DOMINGUEZ ALEJANDRO CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

2859-2026

Fecha

11 de febrero de 2026

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos octavo a décimo quinto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N° 2054, de fecha 17 de enero de 2025, mediante la cual se dispone la expulsión y la prohibición de ingreso al país del extranjero. Segundo: Que, resulta inconcuso para las partes que el extranjero incurrió en una infracción migratoria grave al haber permanecido irregular en el territorio nacional desde el año 2015. Lo anterior, es sin perjuicio de lo referido a sus antecedentes penales, pues aun cuando se estableció que el mismo no contaba con ellos, lo cierto es que la resolución recurrida no basa su decisión únicamente en dicha información, sino fundamentalmente en la situación irregular del amparado, quien no ha efectuado gestión alguna para normalizar su situación por más de diez años a la fecha. Tercero: Que, en tales circunstancias, atendida la gravedad de la infracción migratoria recurrida, lleva a concluir que el acto impugnado no resulta ilegal, motivo suficiente para rechazar la acción intentada.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de catorce de enero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en el Ingreso Corte N°1034-2025, en cuanto acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Alejandro López Domínguez, de nacionalidad española, y en su lugar se declara que éste queda rechazado. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante Sra. Etcheberry, quien estuvo por confirmar la sentencia apelada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N°2859-2026

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos octavo a décimo quinto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la dictación de la Resolución Exenta N° 2054, de fecha 17 de enero de 2025, mediante la cual se dispone la expulsión y la prohib

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