MARDONES/FISCO DE CHILE / CDE
Rol
3480-2026
Fecha
11 de febrero de 2026
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario por demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Chillán, bajo el Rol C-3933-2020, caratulado “Mardones con Fisco de Chile / Cde”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, de siete de enero del presente año, que rechazó el recurso de casación en la forma de la parte demandada y, en cuanto a lo apelado, revocó lo que venía decidido respecto de la demandada Parroquia Nuestra Señora del Carmen y dispuso en cambio rechazar la demanda en ese extremo, confirmando la parte que condenó a la demandada “Congregación de Los Sagrados Corazones de Jesús y María y de la Adoración Perpetua del Santísimo Sacramento del Altar”, con declaración que la condena por daño moral es de $40.000.000. a cada uno de los actores. 2°.- Que el recurrente sostiene que en la sentencia cuestionada se infringe lo dispuesto en el artículo 2323 del Código Civil. Afirma que el yerro jurídico se produce cuando los sentenciadores del mérito deciden acoger la demanda, lo que estima incorrecto atendido que no se daban todos los presupuestos del caso, ya que se prescindió de los elementos subjetivos que contiene la norma citada, en especial la revisión del debido cuidado observado en la mantención del portón metálico del edificio. Concluye indicando que los vicios denunciados influyen de manera sustancial en lo dispositivo del fallo, por lo que pide que se invalide la sentencia recurrida y se dicte una de reemplazo en que se rechace la demanda. 3°.- Que, el artículo 772 N° 1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone “exprese”, es decir, explicite en qué consiste -cómo se ha producido- el o los errores, s
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Santiago, once de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario por demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, seguido ante el Segundo Juzgado Civil de Chillán, bajo el Rol C-3933-2020, caratulado “Mardones con Fisco de Chile / Cde”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el f
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