LARRERE/BECKER
Rol
604-2026
Fecha
29 de enero de 2026
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio sumario, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, la cual en lo que importa al recurso, confirmó el fallo de primera instancia de treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, que acogió la excepción de prescripción opuesta por los demandados y, en consecuencia, rechazó la demanda de cobro de honorarios. 2°.- Que, en concepto del recurrente, la sentencia impugnada ha contravenido los artículos 2515 y 2521 inciso segundo del Código Civil, por lo que solicita la invalidación de la sentencia recurrida, dictando otra en su reemplazo que revoque la sentencia de primera instancia, rechace la excepción de prescripción extintiva y, en definitiva, acoja la demanda de cobro de honorarios interpuesta, condenando a los demandados al pago de la suma total de $14.668.000. 3°.- Que, de la lectura del libelo que contiene el recurso de casación en estudio es posible constatar, que la parte recurrente omitió extender la infracción legal denunciada a normas que, en la especie, tienen carácter decisorio de la litis, esto es, preceptos que, al ser aplicados, permiten resolver la cuestión controvertida, tales como los artículos 1437, 1545, 1546, 2492, 2514 y 2518 del Código Civil y 648 y 665 del Código de Procedimiento Civil. Siendo ello así, la sola mención de la norma indicada en el recurso como infringida, no constituye fundamento plausible para dar acogida a la casación en el fondo que las contiene, por lo que cabe concluir que el recurso interpuesto adolece de manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Hernán Larrere Castro, en su representación, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, de fecha diez de diciembre de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 604 - 2026
Fallo
fallo de primera instancia de treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, que acogió la excepción de prescripción opuesta por los demandados y, en consecuencia, rechazó la demanda de cobro de honorarios. 2°.- Que, en concepto del recurrente, la sentencia impugnada ha contravenido los artículos 2515 y 2521 inciso segundo del Código Civil, por lo que solicita la invalidación de la sentencia recurrida, dictando otra en su reemplazo que revoque la sentencia de primera instancia, rechace la excepción de prescripción extintiva y, en definitiva, acoja la demanda de cobro de honorarios interpuesta, condenando a los demandados al pago de la suma total de $14.668.000. 3°.- Que, de la lectura del libelo que contiene el recurso de casación en estudio es posible constatar, que la parte recurrente omitió extender la infracción legal denunciada a normas que, en la especie, tienen carácter decisorio de la litis, esto es, preceptos que, al ser aplicados, permiten resolver la cuestión controvertida, tales como los artículos 1437, 1545, 1546, 2492, 2514 y 2518 del Código Civil y 648 y 665 del Código de Procedimiento Civil. Siendo ello así, la sola mención de la norma indicada en el recurso como infringida, no constituye fundamento plausible para dar acogida a la casación en el fondo que las contiene, por lo que cabe concluir que el recurso interpuesto adolece de manifiesta falta de fundamento. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 767, 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Hernán Larrere Castro, en su representación, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, de fecha diez de diciembre de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 604 - 2026
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio sumario, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, la cual en lo que importa al recurso, confirmó el fallo de primera instancia de treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, que acogió la excepción de prescripción opuesta por los demandados y, en consecuencia, rechazó la demanda de cobro de honorarios. 2°.- Que, en concepto del recurrent
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