C.A. de Antofagasta

MOLINA SANHUEZA FELIPE CONTRA JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

Rol

2357-2026

Fecha

29 de enero de 2026

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos y teniendo, únicamente presente que, el motivo de rechazo de la imputación de días de abono solicitado por la defensa, se debe a la imprecisión de los mismos y, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cinco de enero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 962-2026, y, en su lugar, se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Felipe Omar Molina Sanhueza, contra la resolución de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco del Juzgado de Garantía de Antofagasta en el RIT 2347-2023, solo en cuanto se ordena a dicho tribunal, celebrar a la brevedad posible una nueva audiencia en la que se debata la procedencia de abonos, debiendo recabarse toda la información que sea necesaria. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Crisosto, quien estuvo por confirmar la sentencia apelada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita, regístrese y devuélvase. Rol N° 2357-2026.

Fallo

se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Felipe Omar Molina Sanhueza, contra la resolución de cuatro de diciembre de dos mil veinticinco del Juzgado de Garantía de Antofagasta en el RIT 2347-2023, solo en cuanto se ordena a dicho tribunal, celebrar a la brevedad posible una nueva audiencia en la que se debata la procedencia de abonos, debiendo recabarse toda la información que sea necesaria. Acordada con el voto en contra del Ministro Suplente Sr. Crisosto, quien estuvo por confirmar la sentencia apelada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita, regístrese y devuélvase. Rol N° 2357-2026.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo, únicamente presente que, el motivo de rechazo de la imputación de días de abono solicitado por la defensa, se debe a la imprecisión de los mismos y, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de cinco de enero de dos mil veintiséis, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 962-2026, y, en su lugar, se declara que se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de Felipe Omar Molina Sanhueza, contra la resoluci

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