MINISTERIO PUBLICO TALTAL C/ MARIO MARCELO PLAZA ARAYA
Rol
2037-2026
Fecha
28 de enero de 2026
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT
Hechos
Vistos y teniendo en consideración: 1° Que la defensa de Mario Plaza Araya, ha deducido recurso de nulidad en los autos del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, RUC N°2401148007-8, y RIT Nº542-2025, en los que se libró sentencia que lo condenó como autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. 2° Que el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, invoca como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por la que se reclama una supuesta infracción de garantías. En subsidio, se invocan las causales de los artículo 373 letra b) y 374 e) ambos del Código Procesal Penal. 3° Que, de una lectura del recurso se puede apreciar que respecto del primer capítulo de la causal principal, la defensa reclama el hecho que el tribunal no acogió la atenuante del 11 N° 6 del Código Penal, lo que se traduce finalmente en un error de derecho propio del artículo 373 b) el que por su naturaleza no es posible reconducir, de manera que el primer capítulo de la causal principal es inadmisible. 4° Que, como se advierte de la atenta lectura del libelo, los hechos que configuran el segundo capítulo de la causal principal los que se han señalado como infracción de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el primer capítulo de la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la defensa. Remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta vía interconexión para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso interpuesto por el sentenciado, tanto en cuanto al segundo capítulo de la causal principal como las subsidiarias, si es pertinente fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase
Fallo
se declara inadmisible el primer capítulo de la causal principal del recurso de nulidad interpuesto por la defensa. Remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Antofagasta vía interconexión para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso interpuesto por el sentenciado, tanto en cuanto al segundo capítulo de la causal principal como las subsidiarias, si es pertinente fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 2037-2026.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de enero de dos mil veintiséis Vistos y teniendo en consideración: 1° Que la defensa de Mario Plaza Araya, ha deducido recurso de nulidad en los autos del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, RUC N°2401148007-8, y RIT Nº542-2025, en los que se libró sentencia que lo condenó como autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. 2° Que el recu
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