Juzgado de Familia Puerto Varas

ANONIMIZADO

Rol

10615-2025

Fecha

20 de enero de 2026

Materia

Familia

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

Vistos:  Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo vigésimo séptimo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero:  Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley N°19.947, la compensación económica tiene lugar si uno de los cónyuges, como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en...

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinte de enero de dos mil veintiséis. En cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos:  Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo vigésimo séptimo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y además presente: Primero:  Que, de acuerdo a lo dispuesto po

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