MUÑOZ CON BANCO SANTANDER -CHILE
Rol
6437-2025
Fecha
19 de enero de 2026
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Hechos
Vistos: En estos autos RIT O-4.248-2023, RUC 2340491543-6, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, se dio lugar a la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones deducida por don Cristian Muñoz Gajardo en contra del Banco Santander-Chile, que fue condenado a pagar el 30% de la indemnización por años de servicio convenida colectivamente. El demandado presentó recurso de nulidad que fue acogido por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante sentencia de dos de enero de dos mil veinticinco, por lo que invalidó parcialmente la de instancia, sólo en lo que concierne al incremento porcentual ya referido, y decidió, en la de reemplazo, aplicarlo a la indemnización por años de servicio legal, con los respectivos topes. En contra de este fallo, el demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo, el recurso de unificación procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existen distintas interpretaciones sostenidas en una o más sentencias firmes emanadas de los tribunales superiores de justicia. La presentación debe contener fundamentos plausibles, incluir una relación precisa y circunstanciada de las divergencias jurisprudenciales y acompañar copia del o de los fallos ejecutoriados que se invocan como criterios de referencia. Segundo: Que la materia de derecho fue propuesta en los siguientes términos: “La controversia jurídica objeto de este juicio planteada en la sentencia recurrida de autos, que limita la base de cálculo en cuanto a la sanción del artículo 168 del Código del Trabajo, contravienen los alcances del artículos 5, 168 inciso 1º y 163 inciso 1º todos del código del trabajo, donde dicha sentencia recurrida, permite de manera anticipada modificar la base de cálculo para la sanción del artículo 168 letra A del Código del Trabajo mediante la suscripción de un instrumento colectivo en una negociación colectiva”. Para el recurrente, la indemnización convencional por años de servicios constituye la base de cálculo del incremento legal del 30%, sin que resulte relevante lo pactado en contrario en el acuerdo colectivo, puesto que así lo mandatan los artículos 163 y 168 del Código del Trabajo, sosteniendo que la interpretación opuesta importa desvirtuar la naturaleza protectora del derecho laboral, por lo que la cláusula empleada en el
Fallo
fallo de la instancia para obtener el resultado interpretativo que objeta, es ineficaz; razones por las que solicita la invalidación del fallo impugnado y se dicte el de reemplazo que indica. Tercero: Que, para resolver, se deben considerar en forma previa los hechos establecidos en el fallo de la instancia: 1.- El demandante fue contratado por el Banco Santander-Chile, vinculándose las partes desde el 30 de marzo de 2010 al 20 de abril de 2023, cuando fue despedido en forma improcedente por la causal prevista en el artículo 161 inciso segundo del Código del Trabajo. 2.- Según el tenor de la cláusula décima letra a), párrafos primero y cuarto, del convenio colectivo vigente entre las partes, de 16 de febrero de 2021, se acordó que en caso de despido por aplicación de la citada norma, se pagará al trabajador afectado una indemnización por años de servicio sin tope legal, y que “en el evento que los Tribunales de Justicia declararen que la causal del artículo 161 del Código del Trabajo es injustificada el incremento legal del 30% o el que lo reemplace, no se aplicará sobre la indemnización por años de servicio establecida en el párrafo primero de esta cláusula, sino que sobre la indemnización por años de servicio legal aplicándose para estos efectos los topes legales”. Cuarto: Que, para la judicatura, el actor fue despedido improcedentemente, por lo que condenó al Banco Santander al pago del recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicios restringida en la fo
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Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintiséis. Vistos: En estos autos RIT O-4.248-2023, RUC 2340491543-6, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de ocho de noviembre de dos mil veintitrés, se dio lugar a la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones deducida por don Cristian Muñoz Gajardo en contra del Banco Santander-Chile, que fue condenado a pag
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