26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ÁVILA MARTINEZ LILIAN CON VALENZUELA RODRIGUEZ OSVALDO (O)

Rol

10442-2025

Fecha

14 de enero de 2026

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)

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Hechos

VISTO: En este cuaderno incidental del procedimiento ordinario tramitado ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol N° C-2098-2021, caratulado “Ávila Martínez, Lilian con Valenzuela Rodríguez, Osvaldo”, por resolución de trece de noviembre de dos mil veinticuatro, el señalado tribunal de primer grado acogió el incidente de abandono del procedimiento, con costas. Apelada esta decisión por el demandante, fue confirmada por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago mediante decisión de siete de marzo de dos mil veinticinco. Contra este último pronunciamiento la misma parte dedujo un recurso de casación en el fondo. Declarado admisible el mencionado arbitrio, se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el reproche de casación descansa en la denuncia de la infracción a los artículos 55, 152 y 192 del Código de Procedimiento Civil. Expone que se debió dar por tácitamente notificado al demandado de la resolución dictada el 10 de abril de 2024, por la que se dispuso la notificación conforme al artículo 52 del señalado texto legal, que es la que considera como aquella desde la cual se debe contar el plazo establecido en el artículo 152 del mismo cuerpo legal. Arguye que es el tribunal el que tenía el impulso para la prosecución del juicio, ya que se había instado al juzgador en varias oportunidades antes de la resolución de ocho de abril de 2024, para que se decidiera el incidente de nulidad de todo lo obrado, lo que no hizo el tribunal; de manera tal que es por decisión de aquel que permaneciera en suspenso el mentado artículo. Finaliza instando que, en definitiva, conociendo del recurso de casación interpuesto, esta Corte proceda a anular el

Fallo

fallo recurrido y dictaminar sin nueva vista, pero separadamente la correspondiente sentencia de reemplazo, por la que se rechace el incidente deducido por el demandado y se ordene la continuación de la causa, con costas. SEGUNDO: Que para un adecuado examen del asunto que el recurso de casación trae a conocimiento de esta Corte, resulta necesario consignar las siguientes actuaciones del proceso atingentes al abandono del procedimiento: a) La presente causa corresponde a un juicio ordinario, iniciado por Lilian de las Mercedes Ávila Martínez con el objeto de obtener la resolución de los contratos de promesa de compraventa que indica y el pago de los menoscabos que el proceder de Osvaldo Manuel Valenzuela Rodríguez le ha provocado. b) El 30 de julio de 2021, luego de haberse desarrollado la etapa de discusión en rebeldía del demandado, el tribunal citó a las partes a la obligatoria audiencia de conciliación. c) Por presentación de 17 de agosto de 2021 el demandado instaura un incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, en el que se dicta la respectiva interlocutoria de prueba el 24 de septiembre del señalado año. d) El demandado presenta un incidente de entorpecimiento para rendir la prueba testimonial de autos, el que es rechazado por el tribunal por resolución de 14 de enero de 2022. En contra de ese pronunciamiento el incidentista dedujo un recurso de reposición con apelación en subsidio, los que son rechazados, el de apelación por improcedente. e) La

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Santiago, catorce de enero de dos mil veintiséis. VISTO: En este cuaderno incidental del procedimiento ordinario tramitado ante el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol N° C-2098-2021, caratulado “Ávila Martínez, Lilian con Valenzuela Rodríguez, Osvaldo”, por resolución de trece de noviembre de dos mil veinticuatro, el señalado tribunal de primer grado acogió el incidente de abando

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