COMERCIAL TANGERINE S.A. CON COMERCIALIZADORA CLOUDCP SPA. (G)
Rol
8358-2025
Fecha
12 de enero de 2026
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTO: En estos autos Rol C-20743-2024 seguidos ante el 15º Juzgado Civil de Santiago sobre notificación de protesto de cheque, caratulados "Comercial Tangerine S.A. con Comercializadora Cloudcp SpA" por sentencia de diez de diciembre de dos mil veinticuatro, dicha gestión preparatoria no fue acogida a trámite. Recurrido este fallo por la solicitante, una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por sentencia de diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, lo confirmó. En su contra la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente sostiene que el
Fallo
fallo por la solicitante, una sala de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, por sentencia de diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, lo confirmó. En su contra la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente sostiene que el fallo cuestionado ha infringido los artículos 434 Nº 4 y 441 del Código de Procedimiento Civil, 22 y 33 del DFL Nº 707 sobre Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques y 19 Nº 3 inciso 2 de la Constitución Política de la República . Al respecto refiere que interpreta de forma errónea del artículo 22 del DFL N° 707 ya que confunde las causales de protesto que generan responsabilidad penal con aquellas que permiten el ejercicio de la acción ejecutiva, pues razona sobre las bases de que las causales que allí se mencionan para configurar la acción penal que concede la ley, son las únicas que habilitan para preparar la vía ejecutiva de notificación de protesto de cheque en conformidad a lo dispuesto en el artículo 434 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, en circunstancias de que ninguna de estas dos normas tiene carácter taxativo, imperativo o restrictivo en cuanto a las causales de protesto que facultan para iniciar la gestión preparatoria de notificación de protesto de cheque. Indica que así lo ha sostenido esta Corte en las causas Rol N° 162.275-2022, 135.480-2022 y 13.854-2022, al expresar que el cheque protestado por Firma Disconforme no pierde su caráct
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Santiago, doce de enero de dos mil veintiséis. VISTO: En estos autos Rol C-20743-2024 seguidos ante el 15º Juzgado Civil de Santiago sobre notificación de protesto de cheque, caratulados "Comercial Tangerine S.A. con Comercializadora Cloudcp SpA" por sentencia de diez de diciembre de dos mil veinticuatro, dicha gestión preparatoria no fue acogida a trámite. Recurrido este fallo por la solicitant
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