TORRES MUÑOZ YANET (/I.CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL)
Rol
41785-2025
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
Reforma Laboral
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Matías Cornejo Rivera, en representación de la demandante doña Yanet Torres Muñoz, en autos sobre despido indebido y cobro de prestaciones, Rit M-45-2025, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, dedujo recurso de queja en contra de los integrantes de una sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, ministro señor Carlos Farías Pino, ministro (s) señor Christian Carvajal Silva y abogada integrante señora Gabriela Carrasco Tobar, quienes con fecha 2 de octubre de 2025, acogieron el recurso de nulidad laboral de la demandada e invalidaron la decisión de la instancia que acogió parcialmente la demanda, y procedieron a dictar sentencia de reemplazo, por la que la desestimaron en su totalidad. Manifiesta que la sentencia dictada por los recurridos, por la que se procede a rechazar la demanda por despido indebido fue dictada con falta o abuso grave al haber apreciado falsamente los antecedentes del proceso, toda vez que se invocó para el despido de la actora la causal prevista en el artículo 160 N°4, letra b), del Código del Trabajo, sin embargo, quedó establecido que el lugar donde prestaba efectivamente servicios la trabajadora era uno distinto al consignado en el contrato de trabajo y tampoco estaban establecidos otros sitios en los que podía desempeñar sus funciones de manera esporádica, por lo que había indeterminación en la facultad que ostentaba el empleador para destinarla a otra farmacia donde ejercía funciones de auxiliar, con lo que se infringe el ius variandi que posee, el que no es absoluto de acuerdo a lo que dispone el artículo 10 N°3 del Código Laboral. Agrega que los recurridos confunden el concepto “faenas”, previsto en la causal de despido, como el lugar físico de prestación de los servicios, no obstante, de acuerdo a las reglas de interpretación, tal expresión se refiere a las funciones para las que fue contratada la trabajadora, que corresponde a su sentido natural y obvio
Fallo
Por estas consideraciones y conforme lo disponen los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se rechaza el recurso de queja deducido en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de San Miguel, ministro señor Carlos Farías Pino, ministro (s) señor Christian Carvajal Silva y abogada integrante señora Gabriela Carrasco Tobar. Regístrese, comuníquese y archívese. N°41.785-2025.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. Al escrito folio 24: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Matías Cornejo Rivera, en representación de la demandante doña Yanet Torres Muñoz, en autos sobre despido indebido y cobro de prestaciones, Rit M-45-2025, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, dedujo recurso de queja en contr
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