BENAVIDES JELDRES TOMAS ANTONIO CONTRA TERCERA SALA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
56782-2025
Fecha
6 de enero de 2026
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, para los efectos de revocar la decisión de primer grado e imponer la medida cautelar de prisión preventiva contra el amparado, carece de la fundamentación necesaria, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 del código adjetivo, al momento de ponderar la concurrencia de las presunciones fundadas de participación del imputado en los hechos materia de la formalización, exigido en el literal b) del artículo 140 del código precitado, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se revoca la sentencia apelada de quince de diciembre de dos mil veinticinco, pronunciada por la Corte de Apelaciones de San Miguel en el ingreso N°1.523-2025 y, en su lugar, se decide que se acoge la acción de amparo deducida en favor de Tomás Antonio Benavides Jeldres por lo que consecuencialmente se mantiene lo decidido a su respecto en la audiencia de 9 de julio de 2025 en los antecedentes RIT 4.542-2018, RUC 1.800.533.360-8, del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, debiendo citarse a los intervinientes de inmediato a una audiencia a fin de discutir la eventual procedencia de otras medidas cautelares en su contra. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Gajardo y del abogado integrante Sr. Ferrada, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia en alzada que rechazó la acción de amparo, teniendo únicamente presente para aquello que resulta improcedente su promoción respecto de la decisión pronunciada por una Corte de Apelaciones, toda vez que mediante dicho derrotero se vulnera la regla del grado o jerarquía. Comuníquese por la vía más rápida al 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Sin perjuicio, ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°56.782-2025.
Fallo
se decide que se acoge la acción de amparo deducida en favor de Tomás Antonio Benavides Jeldres por lo que consecuencialmente se mantiene lo decidido a su respecto en la audiencia de 9 de julio de 2025 en los antecedentes RIT 4.542-2018, RUC 1.800.533.360-8, del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, debiendo citarse a los intervinientes de inmediato a una audiencia a fin de discutir la eventual procedencia de otras medidas cautelares en su contra. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Gajardo y del abogado integrante Sr. Ferrada, quienes fueron del parecer de confirmar la sentencia en alzada que rechazó la acción de amparo, teniendo únicamente presente para aquello que resulta improcedente su promoción respecto de la decisión pronunciada por una Corte de Apelaciones, toda vez que mediante dicho derrotero se vulnera la regla del grado o jerarquía. Comuníquese por la vía más rápida al 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Sin perjuicio, ofíciese. Regístrese y devuélvase. N°56.782-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de enero de dos mil veintiséis. A los alegatos solicitados en los escritos folios 5 y 6: atento a lo dispuesto por el Auto Acordado sobre la forma de conocimiento del recurso de Apelación de los Recursos de Amparo ante esta Corte Suprema, registrado en el Acta N°105-2024 de este Tribunal, publicado con fecha 17 de mayo de 2024, y no habiéndose justificado suficientemente la necesid
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