CASTRO SOTO, MARCO Y OTRA/FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO PROVIDENCIA
Rol
50584-2025
Fecha
5 de enero de 2026
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, la cual, en lo que importa al recurso, confirmó el fallo de primera instancia de veintinueve de junio de dos mil veintitrés, que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, condenando a la demandada a pagar a la actora la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral. 2°.- Que, en concepto de la recurrente, la sentencia impugnada ha incurrido en los siguientes errores de derecho: a) infringió los artículos 44 y 1547 del Código Civil, en relación al artículo 1698 del Código Civil, por cuanto se altera el grado de culpa por el cual debe responder el establecimiento, teniendo por acreditado un supuesto incumplimiento contractual, no valorando la prueba rendida en el proceso que permite acreditar el grado de diligencia empleado y el correlativo cumplimiento de la obligación; b) se ha infringido, también, el artículo 45 del Código Civil, toda vez que no fue aplicado al caso ni tampoco ponderado respecto del brote de COVID-19 que afectó a un considerable número de funcionarios y que significó adoptar la modalidad virtual, hechos que importan la definición exacta de caso fortuito o fuerza mayor; c) contravino los artículos 1553, 1556 y 1558 del Código Civil, por cuanto dictamina que existe responsabilidad contractual de la Fundación Educacional Colegio Providencia de La Serena, no existiendo una relación de causalidad entre los hechos imputados a la demandada y el resultado por el que se responsabiliza; y d) infringió los artículos 1551 y 1557 del Código Civil, pues no existe un retardo imputable al establecimiento educacional o a la fundación que haya causado el daño que se reclama. 3°.- Que, de la lectura del libelo que contiene el recurso de casación en estudio es po
Fallo
fallo de primera instancia de veintinueve de junio de dos mil veintitrés, que acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, condenando a la demandada a pagar a la actora la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral. 2°.- Que, en concepto de la recurrente, la sentencia impugnada ha incurrido en los siguientes errores de derecho: a) infringió los artículos 44 y 1547 del Código Civil, en relación al artículo 1698 del Código Civil, por cuanto se altera el grado de culpa por el cual debe responder el establecimiento, teniendo por acreditado un supuesto incumplimiento contractual, no valorando la prueba rendida en el proceso que permite acreditar el grado de diligencia empleado y el correlativo cumplimiento de la obligación; b) se ha infringido, también, el artículo 45 del Código Civil, toda vez que no fue aplicado al caso ni tampoco ponderado respecto del brote de COVID-19 que afectó a un considerable número de funcionarios y que significó adoptar la modalidad virtual, hechos que importan la definición exacta de caso fortuito o fuerza mayor; c) contravino los artículos 1553, 1556 y 1558 del Código Civil, por cuanto dictamina que existe responsabilidad contractual de la Fundación Educacional Colegio Providencia de La Serena, no existiendo una relación de causalidad entre los hechos imputados a la demandada y el resultado por el que se responsabiliza; y d) infringió los artículos 1551 y 1557 del Código Civil, pues no existe un r
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de enero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este juicio ordinario, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, la cual, en lo que importa al recurso, confirmó el fallo de primera instancia de veintinueve de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica