C.A. de San Miguel

VILLARROEL GONZÁLEZ GISELLE MARINA CONTRA ILTMA CORTE APELACIONES SANTIAGO

Rol

56368-2025

Fecha

2 de enero de 2026

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia apelada previa eliminación de sus

Fundamentos

motivos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que, tal como lo ha señalado reiteradamente esta Corte Suprema el mandato de fundamentación de las resoluciones judiciales y en específico de la prisión preventiva, constituye una forma procesal insoslayable para la Judicatura Penal. 2°) Que, lo anterior se ve refrendado en múltiples disposiciones insertas en todo el arco del ordenamiento jurídico, comenzando por la Constitución Política de la República, pasando por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados y vigentes en Chile y culminando en un cúmulo de preceptos localizados en el Código Procesal Penal, entre ellos, sus artículos 36, 122 y 143. 3°) Que, desde esa perspectiva, previa lectura de la resolución expedida por la Corte de Apelaciones de Santiago se observa que está sólo hizo alusiones genéricas sin adentrarse en las particulares que ofrecía el caso concreto, sin justificar siquiera la razón por la que, en concepto de la mayoría, se afirmó que la prisión preventiva sería una medida proporcional al mérito de la causa, máxime cuando el tribunal a quo explicó y razonó precisamente lo contrario. 4°) Que, así las cosas, la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago incumplió el mandato general de fundamentación, acentuado en materia de prisión preventiva, incurriendo en una ilegalidad con repercusión directa en la libertad personal de la amparada, motivo por el que se acogerá la acción constitucional entablada. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de nueve de diciembre de dos mil veinticinco, pronunciada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el ingreso N°1496-2025 y en su lugar se dispone que SE ACOGE el recurso de amparo deducido en favor de Gisella Marina Villarroel González, en consecuencia, SE DEJA SIN EFECTO la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, manteniéndose las medidas cautelares dispuestas por el Juzgado de Garantía de Colina, en la causa 5580-2024. Dese inmediata orden de libertad para la amparada si es que no estuviese privada de libertad por causa diversa. Se previene que el Fiscal Judicial (s) Sr. Sáez junto con concurrir a la decisión revocatoria fue del parecer de disponer la celebración de una nueva audiencia de revisión de cautelares ante tribunal no inhabilitado. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N°56368-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de enero de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada previa eliminación de sus motivos quinto a séptimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que, tal como lo ha señalado reiteradamente esta Corte Suprema el mandato de fundamentación de las resoluciones judiciales y en específico de la prisión preventiva, constituye una forma procesal insoslayable para la Judicatura Penal. 2°) Que, lo anterior se ve refrendado en múltiples disposiciones insertas en todo el arco del ordenamiento jurídico, comenzando por la Constitución Política d

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