8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ JORGE ARTURO RAUL ROMAN VIVANCO

Rol

61951-2024

Fecha

31 de diciembre de 2025

Materia

Reforma

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

VISTOS: Se reproduce el fallo anulado, suprimiéndose su motivo sexto. Asimismo, se reproducen los

Fundamentos

motivos quinto a octavo de la sentencia de nulidad que antecede. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, si bien del mérito de los antecedentes remitidos a esta Corte Suprema de conforme a lo establecido en el artículo 381 del Código Procesal Penal, se desprende que el imputado por sentencia dictada el 24 de mayo de 2004, en los autos rol 212-2023 del Vigésimo Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, fue condenado como autor del delito de manejar un vehículo motorizado en estado de ebriedad, y, posteriormente, por sentencias dictadas el 30 de mayo de 2013 y 20 de octubre de 2014 del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en las causas RIT 11.698-2012 y RIT 5124-2014 respectivamente, resultó nuevamente condenado como autor de idénticos ilícitos, pero esas condenas no pueden tomarse en cuenta para efectos de agravar la sanción que se le debe imponer al encartado por encontrarse prescritas a la fecha del delito investigado en esta causa (9 de noviembre de 2023), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Código Penal. 2°) Que, en consecuencia, en virtud de los efectos propios de la prescripción de las condenas anteriores, corresponde que se sancione al imputado como si fuese sorprendido en una primera ocasión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 inciso 1º de la ley Nº 18.290, a la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 373, letra b), 384 y 385 del Código Procesal Penal,

Fallo

fallo anulado, suprimiéndose su motivo sexto. Asimismo, se reproducen los motivos quinto a octavo de la sentencia de nulidad que antecede. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que, si bien del mérito de los antecedentes remitidos a esta Corte Suprema de conforme a lo establecido en el artículo 381 del Código Procesal Penal, se desprende que el imputado por sentencia dictada el 24 de mayo de 2004, en los autos rol 212-2023 del Vigésimo Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, fue condenado como autor del delito de manejar un vehículo motorizado en estado de ebriedad, y, posteriormente, por sentencias dictadas el 30 de mayo de 2013 y 20 de octubre de 2014 del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en las causas RIT 11.698-2012 y RIT 5124-2014 respectivamente, resultó nuevamente condenado como autor de idénticos ilícitos, pero esas condenas no pueden tomarse en cuenta para efectos de agravar la sanción que se le debe imponer al encartado por encontrarse prescritas a la fecha del delito investigado en esta causa (9 de noviembre de 2023), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Código Penal. 2°) Que, en consecuencia, en virtud de los efectos propios de la prescripción de las condenas anteriores, corresponde que se sancione al imputado como si fuese sorprendido en una primera ocasión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 196 inciso 1º de la ley Nº 18.290, a la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Y visto, además, lo disp

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DE REEMPLAZO. Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo ordenado por la decisión de nulidad que antecede y lo prescrito en el artículo 385 del Código Procesal Penal, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. VISTOS: Se reproduce el fallo anulado, suprimiéndose su motivo sexto. Asimismo, se reproducen los motivos quinto a octavo de la senten

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