2º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE OSORNO

SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR (SERNAC)/CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA PRIMERA SALA

Rol

56468-2025

Fecha

30 de diciembre de 2025

Materia

Policia Local

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia que acogió la excepción de falta de legitimación activa interpuesta por la denunciada; lo que no encuentra sustento, desde que lo que hicieron, fue dilucidar la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en esa actividad exista, como se dijo, una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Nicolás Beltrán Revillard por el Sernac. Al primer y segundo otrosí: estese a lo decidido; al tercer y cuarto otrosí; a sus antecedentes; al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 56468-2025.

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Nicolás Beltrán Revillard por el Sernac. Al primer y segundo otrosí: estese a lo decidido; al tercer y cuarto otrosí; a sus antecedentes; al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 56468-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia que acogió la excepción de falta de

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