JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PICHILEMU

ACTIVOS CHILE SERVICIOS TRANSITORIOS S.P.A. (/ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA)

Rol

37983-2025

Fecha

30 de diciembre de 2025

Materia

Reforma Laboral

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Pablo Paredes Bravo, en representación de la reclamante Activos Chile Empresa de Servicios Transitorios, en autos sobre reclamo contra reconsideración administrativa de multa, Rit I-8-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, dedujo recurso de queja en contra de los integrantes de una sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, ministro señor Jorge Fernández Stevenson, ministro señor Miguel Ángel Santibáñez Artigas y abogado integrante señor Saúl Quiroz Bedoya, quienes con fecha 4 de septiembre de 2025, en lo pertinente, acogieron el recurso de nulidad laboral de la reclamada e invalidaron la decisión de la instancia que acogió parcialmente el reclamo, y procedieron a dictar sentencia de reemplazo, por la que desestimaron el reclamo en su totalidad. Manifiesta que la sentencia dictada por los recurridos, por la que se procede a rechazar el reclamo contra la reconsideración administrativa de multa fue pronunciada con falta o abuso grave, pues se hizo una errónea interpretación del del inciso 3° del artículo 54 del Código del Trabajo, al concluirse que no se efectuó la entrega efectiva de comprobantes de pago de remuneraciones, a pesar de haber justificado el uso de plataforma electrónica denominada “Talana”, por el que se pone a disposición de los trabajadores las liquidaciones, contando con la autorización de ellos y teniendo presente la validez que le ha otorgado la Dirección del Trabajo a tales mecanismos electrónicos, por lo que al exigirle la acreditación del envío y recepción material de las liquidaciones, se le impuso una exigencia no prevista en la ley, lo que constituye la falta en cuestión. Solicita se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución pronunciada por los recurridos por la que se rechazó el reclamo, y en su lugar, se dicte una que desestime el recurso de nulidad de la reclamada y aplique las medidas disciplinarias del caso. Segundo: Que, al evacuar el informe

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo disponen los artículos 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se rechaza el recurso de queja deducido en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Rancagua, ministro señor Jorge Fernández Stevenson, ministro señor Miguel Ángel Santibáñez Artigas y abogado integrante señor Saúl Quiroz Bedoya. Regístrese, comuníquese y archívese. N°37.983-2025.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado don Pablo Paredes Bravo, en representación de la reclamante Activos Chile Empresa de Servicios Transitorios, en autos sobre reclamo contra reconsideración administrativa de multa, Rit I-8-2024, seguidos ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, dedujo recurso de queja en contra de lo

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