MINISTERIO PUBLICO C/ VIVIANA ELIZABETH GUTIERREZ GUTIERREZ
Rol
51893-2025
Fecha
29 de diciembre de 2025
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Viviana Gutiérrez Gutiérrez, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fue condenado como autor de los delitos de Homicidio Simple y Lesiones Graves. 2° Que, por el recurso se invoca como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, la que divide en dos capítulos: la primera porque se agregaron en la reformalización hechos nuevos no contenidos en la formalización primigenia y que sirvieron de base a la sentencia condenatoria con un cambio de tipo penal a figuras dolosas. En el segundo capítulo se cuestiona que se hubiese incorporado al juicio un peritaje respecto de un perito que no concurrió a declarar a través de la declaración de otro perito, impidiendo de esa manera a la defensa efectuar un contrainterrogatorio. 3° Que el Ministerio Público solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, por estimar que lo alegado es propio de la causal del artículo 374 del Código Procesal Penal, en sus literales f) y c) en su caso. 4° Que lo que se reprocha por el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, de ser efectivos los hechos en que se asila, en definitiva, se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es propio de la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal. Asimismo, podría eventualmente- tanto en el primer como segundo capítulo- ser base de un reclamo a la afectación a los derechos y facultades de la defensa, lo que corresponde a la causal del artículo 374 letra c) del cuerpo legal antes citado, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa; si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 51893-2025. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Sra. Pía Tavolari G., y Sr. Juan Carlos Ferrada B. No firma la Ministra Sra. Letelier y la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por haber cesado de sus funciones y por estar ausente, respectivamente.
Fallo
fallo de primera instancia, de ser efectivos los hechos en que se asila, en definitiva, se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es propio de la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal. Asimismo, podría eventualmente- tanto en el primer como segundo capítulo- ser base de un reclamo a la afectación a los derechos y facultades de la defensa, lo que corresponde a la causal del artículo 374 letra c) del cuerpo legal antes citado, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valdivia para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa; si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 51893-2025. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S., Sra. María Teresa Letelier R., y los Abogados Integrantes Sra. Pía Tavolari G., y Sr. Juan Carlos Ferrada B. No firma la Ministra Sra. Letelier y la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por haber cesado de sus funciones y por estar ausente, respectivamente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1° Que la defensa de Viviana Gutiérrez Gutiérrez, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por la cual fue condenado como autor de los delitos de Homicidio Simple y Lesiones Graves. 2° Que, por el recurso se invoca como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, la que divide en dos capítulos: la primera porque se agregaron en la reformalización hechos nuevos no contenidos en la formalización primigenia y que sirvieron de base a la sent
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