ROQUE/PRIMERA SALA ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES DE IQUIQUE
Rol
53127-2025
Fecha
23 de diciembre de 2025
Materia
Reforma
Resultado
DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia revocatoria de la dictada en primera instancia, en conocimiento de la apelación que se interpuso por Aduanas en contra de la sentencia dictada en procedimiento abreviado, sólo en la parte que se pronunció respecto del comiso; sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en la oportunidad procesal correspondiente, específicamente durante la audiencia en que se discutió el procedimiento abreviado; con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a revocar la resolución en alzada, decretando el comiso sobre la totalidad del dinero incautado; dando cuenta de las razones de hecho y jurídicas para ello; lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando –labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello, en la presente causa, se vislumbre o exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por el abogado don Francisco Javier Murúa Gallegos en representación de Ramiro Roque Condori. Al primer otrosí: A sus antecedentes; al segundo y tercer otrosíes: Téngase presente. Al otrosí del folio 8: Estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 53.127-2025.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por el abogado don Francisco Javier Murúa Gallegos en representación de Ramiro Roque Condori. Al primer otrosí: A sus antecedentes; al segundo y tercer otrosíes: Téngase presente. Al otrosí del folio 8: Estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 53.127-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia revocatoria de la dictada en primera instancia, en conocimiento de la apelación q
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica