SABA NASRA SAIDE CON JORGE VALENZUELA HERNANDEZ Y OTRA (S)
Rol
49567-2024
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, salvo sus
Fundamentos
fundamentos sexto a décimo noveno que se eliminan y se reiteran los motivos segundos, cuarto a séptimo del
Fallo
fallo en alzada, salvo sus fundamentos sexto a décimo noveno que se eliminan y se reiteran los motivos segundos, cuarto a séptimo del fallo de casación que antecede. Y se tiene en su lugar y además presente: 1° Que la cuestión a resolver recae en determinar si las partes suscribieron un contrato de arrendamiento, y si la arrendataria dio cumplimiento al pago íntegro de las rentas reajustadas conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor cada año según reza la convención. 2° Que ponderada la documental agregada a folio 9 en segunda instancia conforme a las reglas de la sana crítica se tiene por acreditado que, don Saba Nicola Francis Nasra Saide y doña Miriam Henao Morales celebraron con fecha 31 de marzo de 2015 un contrato de arrendamiento por el cual el actor dio en arriendo el inmueble ubicado en Arturo Prat N°61, Local 65, de la Comuna de Buin, por una renta mensual de $350.000, pagaderos los primeros 5 días de cada mes, la que se reajustaría cada año en la misma proporción de variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor. 3° Que conforme lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil la demandada debía acreditar el cumplimiento de su obligación de pago íntegro de las rentas, lo que no hizo y sumado a que del mérito de los comprobantes de pago de las rentas de los meses de marzo, abril y mayo de 2023 por la suma de $383.000, fluye que solo considera el reajuste del período de mayo de 2018 a abril de 2019 y no el experimentado durante mayo
Texto Completo (Preview)
PAGE Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo que corresponde de conformidad con la ley. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, salvo sus fundamentos sexto a décimo noveno que se eliminan y se reiteran los motivos segundos,
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