TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE

MAMANI/CORTE DE APELACIONES DE IQUIQUE

Rol

50462-2025

Fecha

3 de diciembre de 2025

Materia

Reforma

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique que confirmó la de primera instancia que no concedió penas sustitutivas a su representado; lo que no encuentra sustento, desde que lo que hicieron, fue dilucidar la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en esa actividad exista, como se dijo, una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Mario Mamani Toro por Abdon Mamani Challapa. Al primer, tercer y cuarto otrosí: estese a lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; y al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 50462-2025.

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Mario Mamani Toro por Abdon Mamani Challapa. Al primer, tercer y cuarto otrosí: estese a lo decidido; al segundo otrosí: a sus antecedentes; y al quinto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 50462-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, tres de diciembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique que confirmó la de primera instancia qu

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