22º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

METLIFE CHILE SEGUROS DE VIDA S.A/SAMUEL MARCELO SILVA MANRIQUEZ Y COMPAÑIA - (ACUM. IC N° 1315-2024)

Rol

48875-2025

Fecha

2 de diciembre de 2025

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este juicio ejecutivo de desposeimiento, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual confirmó la resolución de primera instancia de cinco de enero de dos mil veinticuatro, que de oficio invalidó la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil veintitrés que había admitido a tramitación las excepciones opuestas a la demanda ejecutiva, decidiendo en su lugar no dar curso a ellas, atendida la circunstancia de haber sido declaradas, con anterioridad, inadmisibles por extemporáneas. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias igualmente inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido en lo dispositivo de la sentencia. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni ha hecho imposible su prosecución, lo que impide acoger a tramitación el recurso de casación en estudio. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Manuel Palma Quiroz, en representación de la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol N° 48.875 - 2025

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Manuel Palma Quiroz, en representación de la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha dieciocho de agosto de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol N° 48.875 - 2025

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de diciembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este juicio ejecutivo de desposeimiento, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual confirmó la resolución de primera instancia de cinco de enero de dos m

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