C.A. de Coyhaique

VENEGAS CEA RACHID ELWIN / BECERRA ECHEVERRIA CESAR LAURIANO

Rol

49231-2025

Fecha

1 de diciembre de 2025

Materia

Civil

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, a excepción del motivo undécimo, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, además presente: Que, de los antecedentes de la causa, se colige que el actor carece de un derecho indubitado e incontrovertible que deba ser resguardado eficazmente a través del recurso de protección, desde que la discrepancia sobre la conducta del recurrido, importa una contienda que escapa a la naturaleza urgente y cautelar de la presente acción constitucional, pues como se ha indicado, éste no constituye una instancia declarativa de derechos ni puede sustituir a otros procedimientos idóneos previstos en el ordenamiento jurídico para impetrar la cautela de los derechos correspondientes, en la especie, el derecho real de servidumbre que el recurrente sostiene tener. Y de conformidad, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la sentencia apelada de seis de noviembre del año en curso, dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Regístrese y devuélvase. Rol N°49.231-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de diciembre de dos mil veinticinco. A los alegatos solicitados, no ha lugar. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, a excepción del motivo undécimo, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, además presente: Que, de los antecedentes de la causa, se colige que el actor carece de un derecho indubitado e incontrovertible que deba ser resguardado eficazmente a través del recurso de

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