SANDOVAL(/DECIMA SALA CORTE APELACIONES DE SANTIAGO)
Rol
36162-2025
Fecha
1 de diciembre de 2025
Materia
Reforma Laboral
Resultado
ACOGIDO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que doña Claudia Elizabeth Galaz Tolosa, abogada, actuando en representación convencional de doña Valentina Francisca Sandoval Valenzuela, demandante en los autos sobre declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones, tramitado en el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dedujo recurso de queja en contra de los integrantes de una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Lilian Leyton Varela, ministro (s) señor Daniel Aravena Pérez y abogada integrante señora Magaly Correa Farías, por haber dictado con falta o abuso la resolución de veintisiete de agosto de dos mil veinticinco, por medio de la cual, confirmaron la de primera instancia que no dio curso a la tramitación de la demanda. Expone que dedujo demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado y nulidad del despido, última que transforma el asunto en uno de cuantía indeterminada, lo que hizo presente en la demanda, no obstante, se consideró que la cuantía era inferior a quince ingresos mínimos mensuales y al no haber efectuado reclamo administrativo, no se dio curso a la demanda en procedimiento de aplicación general y tampoco se reingresó para su tramitación conforme al procedimiento monitorio. Señala que lo resuelto contraviene los principios del derecho del trabajo, además que el artículo 498 del Código Laboral establece una alternativa procesal para el trabajador en casos de menor cuantía, pudiendo demandar conforme a cualquiera de los procedimientos indicados, máxime si el procedimiento monitorio se consagró como un beneficio para el mismo. Agrega que con lo decidido se privó a su representada de un pronunciamiento sobre su pretensión, afectando el principio de protección y pro operario, privándola del acceso a la justicia y omitiendo los recurridos la aplicación de una disposición expresa que contraviene el espíritu de la normativa aplicable. Segundo: Que, en su informe, los juec
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se acoge el recurso de queja interpuesto en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago, ministra señora Lilian Leyton Varela, ministro (s) señor Daniel Aravena Pérez y abogada integrante señora Magaly Correa Farías y, en consecuencia, se dejan sin efecto las resoluciones de veintisiete de agosto y diecisiete de junio de dos mil veinticinco, dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago y por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de la misma ciudad, respectivamente, en cuanto determinan no admitir a tramitación la demanda presentada por doña Valentina Francisca Sandoval Valenzuela y, en su lugar, se dispone que el tribunal de instancia le dará curso de conformidad al procedimiento ordinario establecido por la ley. No se dispone la remisión de estos antecedentes al tribunal pleno, por no haber mérito bastante para ello. Regístrese, comuníquese y archívese. N°36.162-25.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, uno de diciembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que doña Claudia Elizabeth Galaz Tolosa, abogada, actuando en representación convencional de doña Valentina Francisca Sandoval Valenzuela, demandante en los autos sobre declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones, tramitado en el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santia
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