C.A. de Valparaíso

BRICEÑO RIVAS RAMÓN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

48747-2025

Fecha

27 de noviembre de 2025

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminándose sus

Fundamentos

fundamentos cuarto a octavo. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundado, lo que descarta la existencia de ilegalidad en su emisión. 2°) Que, por lo demás, debe tenerse en consideración que la persona en cuyo favor se acciona no acreditó mantener arraigo familiar ni laboral significativo en el país a la época de dictación del acto administrativo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de diez de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el Ingreso de Corte N° 3784-2025 y en su lugar

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor del ciudadano venezolano Ramón Segundo Briceño Rivas. Acordado con los votos en contra del Ministro señor Llanos y la Abogada Integrante señora Tavolari, quienes fueron de la opinión de confirmar la resolución apelada por sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N° 48.747-2025.

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Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminándose sus fundamentos cuarto a octavo. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1°) Que el acto impugnado fue dictado por la Autoridad Administrativa competente, en un caso previsto por la ley, encontrándose además debidamente fundado, lo que descarta la existencia de ilegalidad en s

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