TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COYHAIQUE

FISCALIA DE CISNES C/ MONICA FERNANDA CHURTA CASTILLO

Rol

44157-2025

Fecha

25 de noviembre de 2025

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1° Que se ha deducido recurso de nulidad por la defensa de Mónica Churta Castillo y de Michael Nogales Ordoñez en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique por la que fueron condenados como autores de tráfico ilícito de estupefacientes. 2° Que por el recurso deducido se invocó como causal subsidiaria la del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, -pretendiendo darle competencia a esta Corte para conocer del mismo-al señalar que existen diversas interpretaciones de los Tribunales Superiores de Justicia en cuanto a considerar la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte y solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva, básicamente al no configurarse los presupuestos que otorgarían competencia a esta Corte para conocer del arbitrio intentado. 4° Que de una atenta lectura del líbelo que se hace en definitiva es un cuestionamiento al criterio del Tribunal de no considerar la circunstancia minorante de responsabilidad ya referida, que de las sentencias acompañadas es posible colegir que más que distintos criterios al respecto lo que existe son distintas situaciones en que se aplica el derecho en uno u otro sentido de acuerdo a los elementos fácticos concurrentes, por lo que se concuerda con el ente persecutor penal, debiendo remitirse los antecedentes al tribunal de alzada respectivo. Por estas consideraciones, y previas citas legales, se ordena remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Coyhaique para que previa revisión en cuenta del recurso deducido, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Remítase. Rol N° 44157-2025.

Fallo

Por estas consideraciones, y previas citas legales, se ordena remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Coyhaique para que previa revisión en cuenta del recurso deducido, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Remítase. Rol N° 44157-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco. Por cumplido lo ordenado. Vistos: 1° Que se ha deducido recurso de nulidad por la defensa de Mónica Churta Castillo y de Michael Nogales Ordoñez en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique por la que fueron condenados como autores de tráfico ilícito de estupefacientes. 2° Que por el recurso

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