2º JUZGADO DE LETRAS DE COPIAPO

SCOTIABANK-CHILE/PIÑONES

Rol

48656-2025

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°- Que, en este juicio ejecutivo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que confirmó las resoluciones de primera instancia de nueve de mayo de dos mil veinticinco y de doce de agosto de dos mil veinticinco, mediante las cuales se rechazaron los incidentes de objeción a la tasación de la propiedad a subastar. 2°- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º- Que las resoluciones impugnadas por esta vía no comparten la naturaleza de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no han puesto fin a la instancia, no han concluido el juicio, ni han hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, deducido por el abogado Agustín Contreras Valdés, en representación de la parte ejecutada, en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, de fecha catorce de octubre de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol N° 48.656 - 2025

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, deducido por el abogado Agustín Contreras Valdés, en representación de la parte ejecutada, en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, de fecha catorce de octubre de dos mil veinticinco. Regístrese y devuélvase. Rol N° 48.656 - 2025

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°- Que, en este juicio ejecutivo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte ejecutada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que confirmó las resoluciones de primera instancia de nueve de mayo de dos mil veinticinco y de

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