1º JUZGADO DE LETRAS DE LOS ANGELES

BANCO DE ESTADO DE CHILE CON SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSION REYMAR LTDA. (S)

Rol

44758-2024

Fecha

24 de noviembre de 2025

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, a excepción de sus

Fundamentos

motivos tercero y octavo, que se elimina, y lo señalado en los considerandos sexto a noveno de la sentencia de casación que antecede, y teniendo, además presente: 1º.- Que la parte ejecutante interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de primera instancia que acogió la excepción de prescripción de la acción ejecutiva. La controversia se circunscribe a determinar si la declaración de abandono del procedimiento en las causas ejecutivas singulares seguidas contra la deudora personal entendía no haber sido interrumpida la prescripción respecto de la acción principal, extinguiendo consecuencialmente la acción hipotecaria. 2º.- Que la presente demanda ejecutiva de desposeimiento se funda en la existencia de tres pagarés suscritos por la deudora principal, doña Ana María Mardones Matus, y cuyos antecedentes de cobro son los siguientes: a) El pagaré de $56.000.000 (Rol C-3211-2016), con obligación exigible el 26 de mayo de 2016, siendo notificada la deudora principal en el juicio de cobro el 21 de diciembre de 2016. En esta causa se declaró el abandono conforme al artículo 153 del Código de Procedimiento Civil. b) El pagaré de $2.878.724 (Rol C-2448-2017), con obligación exigible el 6 de julio de 2017, siendo notificada la deudora principal en el juicio de cobro el 23 de noviembre de 2017. En esta causa se declaró el abandono conforme al artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. c) El pagaré de $40.000.000 (Rol C-2560-2017), con obligación exigible el 27 de marzo de 2017, siendo notificada la deudora principal en el juicio de cobro el 28 de septiembre de 2017. En esta causa se declaró el abandono conforme al artículo 153 del Código de Procedimiento Civil. 3º.- Que para la acertada resolución del conflicto es indispensable establecer la diferencia entre las figuras de abandono del procedimiento reguladas en el Código de Procedimiento Civil, y distinguir

Fallo

por tanto las consecuencias del abandono del procedimiento decretado en el cuaderno principal, y aquel decretado en el cuaderno de apremio o fase de cumplimiento, en relación con los efectos derivados de dicha declaración, conforme el artículo 2503 Nº 2 del Código Civil. El abandono del procedimiento en el cuaderno principal se rige por la regla general del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, que exige una inactividad de seis meses y su declaración deja sin efecto la interrupción de la prescripción que se generó con la notificación de la demanda acontecida en el cuaderno principal del procedimiento ejecutivo, todo en concordancia con el artículo 2503 N° 2 del Código Civil. Por otra parte, si el abandono del procedimiento se verifica en el cuaderno de apremio, se encuentra regido por el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, y no tiene el alcance de dejar sin efecto la interrupción de la prescripción que se produjo con la notificación de la demanda ejecutiva a la deudora principal en el cuaderno principal ya que aquella etapa procesal se encuentra concluida. 4°.- Que, al aplicar la distinción precedente a los hechos de la causa, se constata que: a) Respecto del pagaré de $2.878.724, el abandono del procedimiento decretado en la causa Rol C-2448-2017, lo ha sido conforme la hipótesis del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, puesto que se encontraba en tramitación la demanda ejecutiva la que había sido notificada el 23 de septiembre de 2017, y

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Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, a excepción de sus motivos tercero y octavo, que se elimina, y lo señalado en los considerandos sexto a noveno de la sentencia de casación que antecede, y teniendo,

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