TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COYHAIQUE

MINISTERIO PUBLICO C/ ERNESTO JAVIER REYES GALVEZ

Rol

40962-2025

Fecha

30 de octubre de 2025

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Joaquín Salinas Pereda, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito de cultivo de cannabis sin contar con autorización. 2° Que por el líbelo, se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, al haber sido sancionado su representado dos veces por el mismo hecho tanto como por tráfico de drogas como por cultivo de esta. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado la inadmisibilidad de la causal principal al corresponder lo alegado a la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, causal que no admite reconducción. 4° Que, compartiendo lo expuesto por el Ministerio Público, lo alegado en la causal de nulidad deducida de competencia de esta Corte, resulta ser propio del motivo de invalidación del artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, la que no admite reconducción, motivo que lleva que el líbelo intentado en lo que a dicho acápite sea declarado inadmisible. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible la causal principal del líbelo intentado, debiendo remitirse por la subsidiaria a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, para que previa revisión en cuenta del recurso deducido, si es del caso, proceda a su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 40962-2025.

Fallo

se declara inadmisible la causal principal del líbelo intentado, debiendo remitirse por la subsidiaria a la Corte de Apelaciones de Coyhaique, para que previa revisión en cuenta del recurso deducido, si es del caso, proceda a su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 40962-2025.

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1° Que la defensa de Joaquín Salinas Pereda, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema, para conocer del recurso deducido en contra de la sentencia que lo condenó como autor del delito

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