C.A. de Valparaíso

CAMPOS ANGELA PATRICIA / SOCIEDAD EDUCADORA LICEO MIXTO SAN FELIPE S.A.

Rol

31513-2025

Fecha

29 de octubre de 2025

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce sólo la parte expositiva de la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Primero: Que, doña Ángela Patricia Campos Campos, actuando en representación de su hijo menor de edad de iniciales J.E.V.C., interpuso recurso de protección en contra del Liceo Particular Mixto San Felipe, representado por su Director don Pedro Henríquez Flores, por haber dictado el 14 de mayo de 2025 una resolución que rechazó la apelación que dedujo en contra de la decisión de expulsión del menor; actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que priva al menor de continuar con sus estudios básicos sin considerar su condición de discapacidad, el contexto de bullying sufrido, la desproporción de la sanción aplicada y la falta del debido proceso, vulnerando con ello los derechos fundamentales a la educación, al debido proceso, a la igualdad ante la ley, a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita que se deje sin efecto la expulsión de su hijo, dictándose una en su reemplazo que, debidamente fundamentada acoja la apelación deducida, permitiendo que su hijo se reintegre al establecimiento educativo y que, efectuándose las debidas adecuaciones que el Ordenamiento Jurídico exige en razón del interés superior del niño y las condiciones específicas de este caso en particular. Segundo: Que al informar, la Superintendencia de Educación señala que el Liceo Particular Mixto San Felipe es un colegio particular subvencionado cuya entidad sostenedora es la Corporación Educacional Monte Aconcagua, confirmando que el alumno se encontraba cursando 6° año básico A en 2025. Además, refiere que el procedimiento de Aula Segura se encuentra regulado en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar del establecimiento, y que tras revisar la documentación, concluyó que el establecimiento realizó las acciones procedentes: informó del procedimiento, registró por escrito, infor

Fundamentos

fundamentos que la explican encuentra sustento en antecedentes objetivos, que aparecen expuestos y desarrollados, al punto de descartar actuación por mera voluntad o capricho. Décimo noveno: Que descartada ilegalidad o arbitrariedad en la conducta que dio origen a los autos, requisito esencial para el éxito de la acción constitucional presentada, se impone su rechazo, sin perjuicio, de las acciones en curso, de competencia de las autoridades competentes.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de veintidós de julio de dos mil veinticinco dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y, en su lugar, se declara que se rechaza el recurso de protección deducido por doña Ángela Patricia Campos Campos, actuando en representación de su hijo menor de edad de iniciales J.E.V.C., en contra del Liceo Particular Mixto San Felipe. Regístrese y devuélvanse. Redacción a cargo del Ministro Sr. Jean Pierre Matus Acuña. Rol Nº 31.513-2025. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Jean Pierre Matus A. y Sr. Diego Simpértigue L. y por los Abogados Integrantes Sra. María Angélica Benavides C. y Sr. José Valdivia O. No firma, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, el Ministro Sr. Matus por no encontrarse disponible su dispositivo electrónico de firma.

Texto Completo (Preview)

1 Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce sólo la parte expositiva de la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Primero: Que, doña Ángela Patricia Campos Campos, actuando en representación de su hijo menor de edad de iniciales J.E.V.C., interpuso recurso de protección en contra del Liceo Particular Mixto San Felipe, representado por su Director don

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