GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/FUENMAYOR
Rol
42214-2025
Fecha
29 de octubre de 2025
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré, seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-109-2025, caratulado “General Motors Financial Chile Sociedad Anónima con Fuenmayor”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago de treinta de junio de dos mil veinticinco, que confirmó la de primera instancia, de veinte de mayo del año en curso, que no dio lugar a tramitar la excepción a la ejecución presentada por el ejecutado, por ser esta extemporánea. SEGUNDO: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley influyendo substancialmente en lo dispositivo del fallo. TERCERO: Que, como puede advertirse, la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquéllas aludidas en el motivo precedente, toda vez que no es una sentencia definitiva, ni tampoco una interlocutoria que haya concluido el juicio, ni hecho imposible su prosecución; razón por la que el recurso de nulidad intentado no puede admitirse a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 764, 765, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Francisco Coderch Arenas, en representación de la parte ejecutada contra la sentencia de treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N° 42.214-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 764, 765, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el abogado Francisco Coderch Arenas, en representación de la parte ejecutada contra la sentencia de treinta de junio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, vía interconexión. Rol N° 42.214-2025.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré, seguido ante el Tercer Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-109-2025, caratulado “General Motors Financial Chile Sociedad Anónima con Fuenmayor”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la pa
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